REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA
ACTO CONCILIATORIO POR OBLIGACION DE MANUTENCION.
DEMANDANTE: LISLEY DAYANA MIRANDA TARAZONA.
DEMANDADO: JOSEPH LOUIS MORALES OJEDA.
En el día de hoy, dieciséis (16) de Noviembre de 2009, presentes en este Juzgado, renunciando a los lapsos respectivos de la boleta de citación ciudadanos LISLEY DAYANA MIRANDA TARAZONA, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V- 14.985.156 y JOSEPH LOUIS MORALES OJEDA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 15.203.001, con la finalidad de realizar acto conciliatorio por obligación de manutención. Se da inicio al acto por la ciudadana Juez. Seguidamente se le concede el derecho de palabra al ciudadano JOSEPH LOUIS MORALES OJEDA, quien manifestó lo siguiente: “Que ofrece la cantidad de CUATROCIENTOS bolívares (Bs. 400°°) como obligación de manutención mensual Y CUOTAS EXTRAORDINARIAS PARA LOS MESES DE AGOSTO Y DICIEMBRE EN LA CANTIDAD DE OCHOCIENTOS BOLIVARES, CANTIDADES QUE ME COMPROMETO A DEPOSITAR EN LA CUENTA DE SOFITASA N° 0001-01-0006490402 A NOMBRE DE LA CIUDADANA LISLEY DAYANA MIRANDA TARAZONA” Es todo. Seguidamente Se le concede el derecho de palabra a la ciudadana LISLEY DAYANA MIRANDA TARAZONA, quien manifestó “QUE ESTA DE ACUERDO CON LO EXPUESTO POR EL PADRE DE NUESTRO HIJO”. Es todo. En este estado el Tribunal les informa a las partes que los gastos médicos y de medicina deben ser cubiertos en igualdad de condiciones por cada uno de los progenitores, es decir, el 50% por cada uno de los padres. En virtud de que hubo acuerdo entre las partes este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, LO HOMOLOGA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 375 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, OTORGANDOLE EL CARACTER DE COSA JUZGADA Y EJECUTIVA. El presente acuerdo comenzara a regir a partir del 01 de noviembre de 2009. Es todo, se leyó y conformes firman.
LA JUEZA PROVISORIO
ABOG. ANA RAMONA ACUÑA
LISLEY DAYANA MIRANDA TARAZONA
JOSEPH LOUIS MORALES OJEDA
EL SECRETARIO TITULAR
ABOG. JULIO CESAR COLMENARES GONZALEZ