En el día de hoy, martes 10 de noviembre de dos mil nueve, siendo las 10:05 a.m., se trasladó y constituyó este JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL, TORBES CÁRDENAS, GUASIMOS, FERNÁNDEZ FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, previa habilitación del tiempo necesario junto con la parte demandante, ciudadana: MARIA DEL CARMEN BECERRA, titular de la C.I. N° V-3.195.841, asistida por el abogado en ejercicio DOLORES GREGORIA NIÑO CASANOVA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 38.729; é indicó a este Tribunal la siguiente dirección: Un local ubicado en la calle 2 N° 11-14, La Guacara, Parroquia La Concordia, Municipio San Cristóbal, Estado Táchira a fin de dar cumplimiento a la comisión conferida por el JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, la cual consiste en la practica de la medida de ENTREGA DE INMUEBLE decretada en el JUICIO que por DESALOJO seguido contra el ciudadano OVIDIO BECERRA JAIMES, en el expediente Nº 11.518-08 que cursa por ante el Juzgado de la Causa. Acompaña al Tribunal los funcionarios policiales Cabo 1° VICTOR CHARLES MORA DIAZ, placa 1439; Agte JONDER ARMANDO SUÁREZ, placa 3346; y Agte LARRY HENRY HERNANDEZ MEDINA, placa 3329 éstos dos últimos adscritos a la Brigada de acciones Especiales (BAE). Se encuentra presente el ciudadano: OVIDEO BECERRA JAIMES, titular de la C.I. N° V-5.123.898 en su carácter de demandado y ejecutado, la Jueza lo notificó del objeto y misión a cumplir en el sitio, se encuentra asistido por el abogado en ejercicio NEPTALI DUQUE USECHE, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 20.237. Seguidamente, el Tribunal procede a dar cumplimiento con la comisión conferida por el Juzgado Comitente, é impone al demandado su obligatoriedad de proceder al retiro de los vehículos y demás bienes que se encuentran dentro del local. En este estado el Tribunal deja expresa constancia que el demandado procedió de manera voluntaria al retiro de los vehículos y bienes que se encuentran dentro del local objeto de la presente entrega. Seguidamente, el Tribunal procede a hacer la entrega formal del presente inmueble, libre de personas y cosas, a la demandante ciudadana MARÍA DEL CARMEN BECERRA, ya identificada, quien lo recibe conforme en las condiciones en que se encuentra. Es todo. No siendo más el Tribunal concluye el acto a las 11:50 a.m. y regresa a su sede. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZA TITULAR,
ABG. ROSA MIREYA CASTILLO QUIROZ
LA PARTE ACTORA,
MARÍA DEL CARMEN BECERRA

LA ABOGADA ASISTENTE,
DOLORES GREGORIA NIÑO CASANOVA

LOS FUNCIONARIOS POLICIALES,
Cabo 1° VICTOR CHARLES MORA DIAZ
AGTE JONDER ARMANDO ZAMBRANO SÚAREZ

EL DEMANDADO EJECUTADO,
OVIDEO BECERRA JAIMES

EL ABOGADO ASISTENTE,
NEPTALI DUQUE USECHE

LA SECRETARIA,
HAYDEÉ SOCORRO MORENO