REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DECIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

CAUSA N° 10C-7281-09

De la revisión de la presente causa se evidencia:

En fecha 11 de julio de 2009, este Juzgado, lleva a efecto audiencia de Calificación de Flagrancia, donde se decretó medida cautelar sustitutiva a la privación de libertad, al ciudadano Ender Eliseo Colmenares Zambrano, por el presunto delito de Porte Ilícito de Arma Blanca, acordando la prosecución de la causa por el procedimiento Ordinario.

En 29 de septiembre de 2009, la Fiscalía Primera del Ministerio Público, presentó escrito de acusación en contra de ENDER ELISEO COLMENARES ZAMBRANO, por el delito de PORTE ILICITO DE ARMA BLANCA, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, fijándose audiencia preliminar para el día 28 de septiembre de 2009, fecha en la que no se hace presente el imputado, por lo que se fija nuevamente para el día 12 de noviembre de 2009, y se acuerda librar citación por intermedio del alguacilazgo en el libro de presentaciones, obteniéndose como resulta que dicho ciudadano no esta cumpliendo las mismas (vuelto del folio 58), en vista de ello en la fecha anteriormente fijada el Tribunal acuerda resolver por auto separado.

Con base a lo anteriormente expuesto, acreditados como están los elementos establecidos en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, como es la presunta comisión de un hecho punible, en este caso el punible de PORTE ILICITO DE ARMA BLANCA, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, el cual no se encuentra evidentemente prescrito, así como fundados y plurales elementos que determinan la responsabilidad penal por parte de ENDER ELISEO COLMENARES ZAMBRANO, como lo son el acta policial de fecha 10 de julio de 2009, acta de denuncia del ciudadano José Palmidio García, actas de entrevistas de los ciudadanos José Narváez Moreno y Nelson David Areiza, experticia de reconocimiento legal practicada a un arma blanca tipo cuchillo, acta de inspección técnica N° 4140 y actas de entrevistas de los ciudadanos Carlos Nicolas Gómez y Ener Eliseo Colmenares.

Así como suficientes elementos que acreditan el peligro de fuga por parte del hoy imputado ENDER ELISEO COLMENARES ZAMBRANO, esto es en virtud de que no ha comparecido al llamado que le ha hecho el Tribunal para la celebración de la audiencia preliminar, además de ello que se cuenta con el record de presentaciones donde se desprende que no las esta realizando.

Lo que lleva a esta Juzgadora a considera, que el imputado se apartó del proceso siendo imposible su ubicación, lo que hace presumir que este ha realizado una acción tendiente a evadir el proceso y en consecuencia le decreta MEDIDA DE PRIVACIÓN PREVENTIVA DE LA LIBERTAD, de conformidad con el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASI SE DECIDE.

Por lo anteriormente expuesto, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL NÚMERO DIEZ DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE:
PRIMERO: DECRETA MEDIDA DE PRIVACION JUDICIAL PRIVATIVA DE LIBERTAD al acusado ENDER ELISEO COLMENARES ZAMBRANO, de nacionalidad venezolana, natural de Queniquea, nacido en fecha 28 de agosto de 1979, de 29 años de edad, hijo de Estefanía del Socorro Colmenares y José Abelardo Colmenares, titular de la cédula de identidad N° V-15.926.779, soltero, agricultor, residenciado en la calle 5, con carrera 5, casa n° 4-47, Queniquea, Estado Táchira, por la presunta comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA BLANCA, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, en agravio del orden público, de conformidad con lo previsto en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Ordena librar la aprehensión de ENDER ELISEO COLMENARES ZAMBRANO, por ante los órganos policiales.
Notifíquese a las partes.
Déjese copia para el archivo de la presente decisión.



ABG. MARIA NELIDA ARIAS SANCHEZ
JUEZ (T) DECIMO DE CONTROL



ABG. EDWARD JENS NARVAEZ
SECRETARIO
10C-7281-09