REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. SAN ANTONIO

EL TRIBUNAL RESOLVIO: DECLARA: CON LUGAR, la solicitud del Cese de Medida Impuesto por este Juzgado en fecha 17 de Febrero, de 2006, al imputado PABLO UBALDO GÓMEZ RAMÍREZ, Venezolano, titular de la cédula de identidad Nro. V.- 15.357.373, nacido en fecha 06-02-1980, de estado civil soltero, de oficio mensajero y conductor, hijo de María Ramírez (v) y Tomás Gómez (v), residenciado en Valencia, avenida la Honda, Nro. 78-Tocuyito, a quien el Ministerio Público les Decretó Archivo Fiscal, por la presunta comisión del delito de TRÁFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. Todo de conformidad a los artículos 315 del Código Orgánico Procesal Penal. Notificación a todas las partes. Notifíquese al Fiscal Superior del Ministerio Público.