REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS

TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION
SEGUNDO DE EJECUCION
Macuto, 17 de noviembre de 2009
199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL : WK01-P-2006-000084
2E-1754-07

Vista la decisión que antecede, mediante la cual se ordena efectuar un nuevo cómputo en virtud de la redención de la pena por el trabajo y estudio acordada a favor de ANA MARIA BORGES DE LOAIZA, siendo ello una nueva circunstancia que modifica el tiempo de cumplimiento de pena previamente impuesto, este tribunal, de conformidad con lo establecido en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, pasa a realizarlo en lo siguientes términos:

ANA MARIA BORGES DE LOAIZA fue condenada a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRISION, siendo redimida por un tiempo de DIEZ (10) MESES Y VEINTINUEVE (29) DIAS, por lo que le falta por cumplir una pena de TRES (03) AÑOS, ONCE (11) MESES Y OCHO (08) DIAS, en virtud de que la penada fue detenida por primera vez en fecha 24-09-2006 hasta la presente fecha.

Así las cosas, corresponde determinar las fechas a partir de cuando la penada podrá optar por las diferentes fórmulas de cumplimiento de pena; al respecto se observa:
1. TRABAJO FUERA DEL ESTABLECIMIENTO PENAL: Al cumplir una cuarta parte (1/4) de la pena, la cual cumplió el 25-10-2007.

2. ESTABLECIMIENTO ABIERTO: Al cumplir una tercera parte (1/3) de la pena, la cual cumplió el 25-06-2008.

3. LIBERTAD CONDICIONAL Al cumplir las dos terceras partes (2/3) de la parte de la pena, la cual cumplirá el 25-02-2011.

4. CONFINAMIENTO: Al cumplir las tres cuartas (3/4) de la pena, la cual la cumplirá el 25-10-2011.

5. La totalidad de la pena impuesta la cumplirá el 25-10-2011.

Notifíquese a las partes, remítase copia del presente cómputo y líbrese la correspondiente boleta de traslado al penal a los fines de ser notificada de la redención y nuevo computo. Cúmplase.
EL JUEZ,

JUAN FERNANDO CONTRERAS
LA SECRETARIA,

ABG. MARVIC VELASQUEZ

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA,

ABG. MARVIC VELASQUEZ