REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION
SEGUNDO DE EJECUCION
Macuto, 24 de noviembre de 2009
199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL : WK01-P-2006-000111
2E-1744-07

Vista la decisión que antecede, mediante la cual se ordena efectuar un nuevo cómputo en virtud de la redención de la pena por el trabajo y el estudio acordada a favor de RAUL ENRIQUE VERA PEREZ, siendo ello una nueva circunstancia que modifica el tiempo de cumplimiento de pena previamente impuesto al prenombrado penado, este tribunal, de conformidad con lo establecido en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, pasa a realizarlo en lo siguientes términos:
A RAUL ENRIQUE VERA PEREZ se le condenó a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRISION, siendo redimida por un tiempo de OCHO (08) MESES, DOS (02) DIAS Y DOCE (12) HORAS, por lo que le falta por cumplir una pena de CUATRO (04) AÑOS, CUATRO (04) MESES, DOCE (12) DIAS Y DOCE (12) HORAS, en virtud que el penado fue detenido por primera vez en fecha 27-11-2006 hasta el día de hoy.
Así las cosas, corresponde determinar las fechas a partir de cuando podrá optar por las diferentes fórmulas de cumplimiento de pena; al respecto se observa:
1. TRABAJO FUERA DEL ESTABLECIMIENTO PENAL: Al cumplir una cuarta parte (1/4) de la pena, es decir el 24-03-2008 a las 12 horas.

2. ESTABLECIMIENTO ABIERTO: Al cumplir una tercera parte (1/3) de la pena, es decir, el 24-11-2008 a las 12 horas.

3. LIBERTAD CONDICIONAL Al cumplir las dos terceras partes (2/3) de la parte de la pena, es decir el, 24-07-2011 a las 12 horas.

4. CONFINAMIENTO: Al cumplir las tres cuartas (3/4) de la pena, la cual la cumplirá el 24-03-2012 a las 12 horas.

5. La totalidad de la pena impuesta la cumplirá el 24-03-2014 a las 12 horas.


Notifíquese a las partes, remítase copia del presente cómputo y líbrese la correspondiente boleta de notificación al penal a los fines de que el penado sea notificado de la redención y nuevo computo. Cúmplase.
EL JUEZ,

JUAN FERNANDO CONTRERAS
LA SECRETARIA,

ABG. MARVIC VELASQUEZ

En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en la anterior sentencia.
LA SECRETARIA,

ABG. MARVIC VELASQUEZ