REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS

TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION
SEGUNDO DE EJECUCION
Macuto, 25 de noviembre de 2009
199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL : WP01-P-2005-006506
ASUNTO : WL01-P-2005-000073
2E-1712-07

Vista la decisión que antecede, mediante la cual se ordena efectuar un nuevo cómputo en virtud de la redención de la pena acordada a favor de ELIMENES JESUS ROCCA ARGUINZONES, siendo ello una nueva circunstancia que modifica el tiempo de cumplimiento de pena previamente impuesto al mencionado penado, este tribunal, de conformidad con lo establecido en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, pasa a realizarlo en los siguientes términos.
A ELIMENES JESUS ROCCA ARGUINZONES se le condenó a cumplir la pena de QUINCE (15) AÑOS Y OCHO (08) MESES DE PRESIDIO, siendo redimida por un tiempo de NUEVE (09) MESES, TRECE (13) DIAS Y DOCE (12) HORAS por lo que le falta por cumplir una pena de DIEZ (10) AÑOS, CUATRO (04) MESES, CUATRO (04) DIAS Y DOCE (12) HORAS, en virtud de que fue detenido por primera vez en fecha 13-05-2005 hasta la presente fecha.
Así las cosas, corresponde determinar las fechas a partir de cuando el penado podrá optar por las diferentes fórmulas de cumplimiento de pena:
1. TRABAJO FUERA DEL ESTABLECIMIENTO PENAL: Al cumplir una cuarta parte (1/4) de la pena, la cual cumplió el 29-06-2008 A LAS 12 HORAS.

2. ESTABLECIMIENTO ABIERTO: Al cumplir una tercera parte (1/3) de la pena, la cual cumplirá el 19-10-2009 A LAS 12 HORAS.

3. LIBERTAD CONDICIONAL Al cumplir las dos terceras partes (2/3) de la parte de la pena, la cual cumplirá el 09-01-2015 A LAS 12 HORAS.

4. CONFINAMIENTO: Al cumplir las tres cuartas (3/4) de la pena, la cual la cumplirá el 29-05-2016 A LAS 12 HORAS.

5. La totalidad de la pena impuesta la cumplirá el 29-03-2020 A LAS 12 HORAS.

Notifíquese a las partes, remítase copia del presente cómputo y líbrese la correspondiente boleta de traslado al penal, a los fines de ser notificado de la redención y nuevo computo. Cúmplase.
EL JUEZ,

JUAN FERNANDO CONTRERAS
LA SECRETARIA,

ABG. MARVIC VEKASQUEZ

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA,

ABG. MARVIC VELASQUEZ