CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
TRIBUNAL CUARTO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACION Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO
Maiquetía, diez (10) de noviembre del año dos mil nueve (2009).
Años y Federación 199º y 150º

ACTA

Nº DE EXPEDIENTE: WP11-L-2009-000243
PARTE ACTORA: WILLIAM ANTONIO SANCHEZ QUIÑONES titular de la cédula de identidad Nº 5.569.290
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: JESUS CASTELLANO abogado en ejercicio e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 42.051
PARTE DEMANDADA: RUTAS AEREAS C.A. (RUTACA).
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: SAUL ANTONIO ANDRADE abogado en ejercicio e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 52.653
MOTIVO: ” CALIFICACIÓN DE DESPIDO ”



En el día hábil de hoy martes, diez (10) de noviembre del año dos mil nueve (2009), siendo la una y treinta minutos (01:30 p.m.) horas de la tarde, oportunidad fijada para que tenga lugar el inicio o apertura de la Audiencia Preliminar, se deja constancia que se encuentran presentes los ciudadanos: WILLIAM ANTONIO SANCHEZ QUIÑONES parte actora, JESUS CASTELLANO apoderado judicial del actor y el profesional del derecho SAUL ANTONIO ANDRADE en su carácter de apoderado judicial de la empresa demandada RUTAS AEREAS C.A. (RUTACA). En este estado la parte demandada consigna Planilla de liquidación de Prestaciones Sociales suscrita por el ciudadano, también consigna copia simple de cheque por la cantidad de Bs. 2.850,00 identificado con el Nº 82972569 de Banfoandes de fecha 31 de Agosto del 2009 y librado a nombre de WILLIAM A. SANCHEZ Q., Asimismo el ciudadano WILLIAM ANTONIO SANCHEZ QUIÑONES recibe cheque Nº 00062738, del Banco Confederado, de fecha 10 de noviembre del 2009 por la cantidad de Bs. 2.500,00 librado a su favor quien expone: dada las circunstancias de este proceso y visto que ya le fueron canceladas sus prestaciones sociales desisto del presente procedimiento y de la acción incoada por Calificación de Despido y en tal sentido expresamente declaro que nada tengo que reclamar por este concepto ni por ningún otro concepto incluyendo demanda alguna por Accidente de trabajo referida a la relación laboral que lo unió con la empresa demandada RUTAS AEREAS C.A. (RUTACA), y si el representante judicial de la parte demandada conviene en este desistimiento ruego se le imparta la homologación correspondiente por este Tribunal. En este estado, el abogado SAUL ANTONIO ANDRADE actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada antes identificada, expone: Estoy de acuerdo y convengo con el desistimiento manifestado voluntariamente por la parte actora, igualmente solicito se homologue el presente desistimiento. Oída como ha sido a la parte demandante, quien expresa su desistimiento de la acción incoada, y oído como ha sido el convenimiento de la parte demandada, este Tribunal Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA el presente desistimiento en los términos expuestos por las partes, dándole efectos de cosa juzgada, por lo que declara terminado el proceso, ordenando el cierre y archivo del presente expediente.. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
EL JUEZ

Dr. GUSTAVO ROMERO
LAS PARTES COMPARECIENTES


WILLIAM ANTONIO SANCHEZ QUIÑONES


ABG. JESUS CASTELLANO


ABG. SAUL ANTONIO ANDRADE


LA SECRETARIA


ABG. VIANNERYS VARGAS
EXP. Nº WP11-L-2009-000243
CALIFICACIÓN DE DESPIDO”