REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
TRIBUNAL CUARTO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACION Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO
Maiquetía, dieciséis (16) de Noviembre del dos mil nueve (2009)
199° y 150°

ACTA

Nº DE EXPEDIENTE: WP11-L-2009-000300
PARTE ACTORA: MIGUEL JOSÉ BAUYANE VERENZUELA, Titular de la Cedula de Identidad N° V- 5.099.616.
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: MARINA PONTE y ROXANA CABELLO, abogadas, inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 28.809 y 103.642 respectivamente en sus caracteres de Procuradoras de Trabajadores en el Estado Vargas.
PARTE DEMANDADA: ZENITRAM TRADING, S.R.L, Inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal en fecha 14 de mayo de 1990 quedando anotada bajo el Nº 29, tomo 46-A
ABOGADA ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA: MARIA DOS SANTOS DE FREITES inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 32.994
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y DEMAS CONCEPTOS.


Hoy, lunes, dieciséis (16) de noviembre del dos mil nueve (2009), siendo la una (01:00 p.m.) horas de la tarde, día y hora fijados para que tenga lugar el diferimiento del inicio o apertura de la Audiencia Preliminar, se deja constancia que se encuentran presentes MIGUEL JOSÉ BAUYANE VERENZUELA parte actora y la profesional del derecho MARINA PONTE en su carácter de Apoderada Judicial de la parte actora, también comparecieron MARIA DOS SANTOS DE FREITES Abogada asistente de la demandada y los ciudadanos DANIEL ANTONIO FIGUEREDO HERNANDEZ cedula de identidad Nº 6.269.379, en su carácter de Gerente General de la empresa ZENITRAM TRADING, S.R.L, como consta de copia simple de Acta de Asamblea general Extraordinaria de Socios de la Sociedad Mercantil “ZENITRAM TRADING, S.R.L.” consignada en el expediente. Asimismo compareció LUIS FERNANDO CARRAZANA CAÑIZARES, Titular de cedula de identidad Nº 13.586.127, quien tiene conocimiento de los hechos.

En este estado se deja constancia que la parte demandada ha manifestado su voluntad de liquidar las Prestaciones Sociales y otros beneficios que le corresponden al actor. En tal sentido las partes de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3, Parágrafo Único de la Ley Orgánica del Trabajo, han llegado al siguiente acuerdo:

PRIMERO: El actor efectivamente comenzó a prestar sus servicios el 03/05/2005, desempeñándose como Tramitador hasta el 20/03/2009, oportunidad en la cual se produce la terminación de la relación laboral por renuncia. SEGUNDO: Al actor le corresponde por su tiempo de servicio laborado en la empresa, es decir, 3 años, 10 meses y 22 días, los siguientes conceptos:

FECHA DE INGRESO: 03-05-2005
FECHA DE EGRASO: 20-03-2009
TIEMPO DE SERVICIO: 03 AÑOS, 10 meses y 22 DÏAS
ULTIMO SALARIO MENSUAL Bs. 1.800,00
ÚLTIMO SALARIO DIARIO: Bs. 60,00

Vacaciones Vencidas por tres años: Artículo 219 de la Ley Orgánica del Trabajo: 48 días X 60,00=------------------------------ Bs. 2.880,00
Vacaciones Fraccionadas: 12,25 días X 60,00--------Bs. 750,00
Bono Vacacional Vencido por tres años: de conformidad con los artículos 223 y 225 de la Ley Orgánica del Trabajo:
Bono Vacacional fraccionado: 5,83 X 60,00-------------Bs. 349,80
23 días x Bs. 60,00 =---------------------------------------- Bs. 1.380,00
Antigüedad Acumulada: artículo 108 de la Ley Orgánica del Trabajo Vigente: 231 días------------------------------------------- Bs. 7.388,20
Indemnización por despido: de conformidad con el artículo 125 de la Ley Orgánica del Trabajo: 120 días X 60,00 ----------- Bs. 7. 200,00
Indemnización por preaviso: de conformidad con el artículo 125 de la Ley Orgánica del Trabajo: 60 días X 60,00 ------------ Bs. 3. 600,00

Subtotal de Prestaciones Sociales: = --------------- Bs. 23.498,00
DEDUCCIONES
Adelantos pagados por el patrono ---------------- Bs. 5.498,00
Total a pagar -----------------------------Bs. 18.000.00

Lo que da un total de DIECIOCHO BOLIVARES FUERTES SIN CENTIMOS (Bs. F. 18.000,00).
TERCERO: A fin de evitar la continuación de un juicio donde las partes involucradas se vean aún más afectadas, la parte demandada ofrece pagar al Extrabajador la suma de DIECISEIS MIL VEINTE BOLIVARES FUERTES SIN CENTIMOS (Bs. F. 16.020,00) por los conceptos demandados la cual será pagada por la demandada a la parte actora en tres partes cada una por la cantidad de Bs. F. 5.340,00 y de la manera siguiente: los días treinta (30) de noviembre del 2009, quince (15) de enero del año 2010 y quince (15) de febrero del 2010 y dichos pagos se harán por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD), de este Circuito Judicial. CUARTO: La Apoderada Judicial del actor acepta el ofrecimiento efectuado y en tal sentido manifiesta que con la cancelación total del monto en la fecha acordada en este acto, el demandado nada adeudará por concepto Prestaciones de Antigüedad, Intereses de Prestaciones Sociales, Vacaciones, Bono vacacional, Utilidades o cualquier otro beneficio nacido directa o indirectamente con motivo de la relación laboral. QUINTO: Finalmente, ambas partes manifiestan que en consideración al presente acuerdo y su pago efectivo en la fecha señalada, quedara liquidada cualquier obligación exis¬tente entre ellas referida a la relación laboral antes citada, por lo tanto, nada tendrán que reclamarse ni por éstos ni por ningún otro concepto. SEXTO: Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, y por cuanto no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES Y LE DA EFECTO DE COSA JUZGADA, razón por la cual ordenará el cierre y archivo del presente expediente al momento en que el ciudadano MIGUEL JOSÉ BAUYANE VERENZUELA manifieste en el expediente haber recibido conforme la totalidad del monto acordado entre las partes en el presente acto. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
EL JUEZ
Dr. GUSTAVO ROMERO
LAS PARTES COMPARECIENTES

PARTE ACTORA


APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA



APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA



DANIEL ANTONIO FIGUEREDO HERNANDEZ




LUIS FERNANDO CARRAZANA CAÑIZARES

LA SECRETARIA


ABG. VIANNERYS VARGAS
EXP. Nº WP11-L-2009-000300
COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y DEMAS CONCEPTOS