REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO
Maiquetía, miércoles siete (07) de octubre del dos mil nueve (2009)

198° y 150°

ACTA


Nº DE EXPEDIENTE: WP11-L-2009-000232
PARTE ACTORA: LEONEL EDUARDO CHAVEZ, Venezolano, mayor de edad y titular de las cédulas de Identidad Nros V-7.996.864.
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: MARIA DOS SANTOS DE FREITES, Abogada inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº. 32.994.
PARTE DEMANDADA: “CLUB PUERTO AZUL, A.C.”
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: ANTONIO JOSE DAUTANT Y SONIA FERNANDEZ, Abogados inscritos en el INPREABOGADO bajo los Nros. 16.817 y 57.815, respectivamente.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS.

En el día hábil de hoy, miércoles siete (07) de octubre del dos mil nueve (2009), siendo las once y treinta (11:30 a. m.) horas de la mañana, día y hora fijados para que tenga lugar la continuación de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma las ciudadanas: MARIA DOS SANTOS DE FREITES y SONIA FERNANDEZ, plenamente identificadas. Dándose así inicio al acto, A continuación, la apoderada judicial de la parte demandada ofrece cancelarle al ciudadano LEONEL EDUARDO CHAVEZ, la cantidad de VEINTIUN MIL BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 21.000, 00), por concepto de liquidación de prestaciones sociales, por la labor prestada en el lapso comprendido entre el tres (03) de octubre del año 2005, hasta el día 26 de diciembre de 2008, como Entrenador de tenis, devengando un último Salario Promedio Mensual: Bs. 1.920,00, Motivo de egreso: Despido injustificado. Se deja constancia que ambas partes presentan escrito transaccional, el cual se hace parte integrante de la presente acta y será agregado al expediente

LEONEL EDUARDO CHAVEZ
CONCEPTOS MONTOS
Indemnización Sustitutiva: Art. 125 LOT, 2da parte. Bs. 2.880,00
Antigüedad: Art.125 LOT, 1era parte. Bs. 2.133,33
Vacaciones Fraccionadas: Arts. 219 y 223 LOT Bs. 96,00
Bono Vacacional Fraccionado Arts. 223 y 225 LOT Bs. 53,33
Antigüedad Acumulada: Art.108 LOT Bs. 3.529,78
Intereses Sobre Prestaciones Bs. 332,04
Salarios causados en el proced. calificación Bs. 11.968,00
Prestaciones Sociales: Bs. 21.000,00

Dichos Conceptos suman la cantidad de VEINTIUN MIL BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 21.000, 00), los cuales son cancelados en este acto, mediante cheque del Banco Mercantil, Nº 70968185, a nombre del ciudadano LEONEL EDUARDO CHAVEZ, y del cual deja constancia en el expediente. Seguidamente, la apoderada judicial de la parte demandante acepta y conviene que con el pago presentado quedan satisfechos todos los conceptos laborales demandados y enunciados anteriormente, no quedando a deber ni éstos ni ningún otro concepto derivado del vínculo laboral que los unió. SEGUNDO: Este Tribunal, visto que la mediación ha sido positiva de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto no han sido vulnerados derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efecto de Cosa Juzgada. Asimismo, se deja expresa constancia que las pruebas aportadas por las partes al inicio de la Audiencia Preliminar, les han sido devueltas. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ,

DRA. IMPERIO SALAZAR YEPEZ



LAS PARTES COMPARECIENTES:


APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA,


APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA,



LA SECRETARIA,

ABG. GERALDINE GASPERI
Exp. Nº WP11-L-2009-000232