JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA.- San Cristóbal, siete de octubre de dos mil nueve.
199º y 150º
Vista la diligencia suscrita por el abogado MIGUEL GERARDO BECERRA CHACON, apoderado judicial de la parte demandante, mediante el cual consigna documento contentivo de Transacción, celebrada con la parte demanda en la presente causa, debidamente notariada por ante la Notaria Publica Segunda de San Cristóbal, Estado Táchira, bajo el N° 20, tomo 108, folios 40- 43, de fecha 28 de Agosto del año en curso; en consecuencia, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara CON LUGAR LA TRANSACCIÓN CELEBRADA, en razón de que la misma no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles. Se le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con lo dispuesto en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil. Se acuerda proceder como en Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada. Se mantiene la medida decretada, No se ordena el archivo del presente expediente, hasta tanto conste en autos el cumplimiento total de la transacción. Cúmplase.
ABOG. YITTZA Y. CONTRERAS BARRUETA
JUEZ TEMPORAL
ABOG. NAYRETH Y. GUEVARA
SECRETARIA (T)
En la misma fecha se dejó copia certificada de la presente decisión para el archivo del Tribunal.
ABOG. NAYRETH Y. GUEVARA
SECRETARIA (T)
Exp. 5835/09
dmb.-
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