REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE



JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA.

199° y 150°

Visto el contenido del acta suscrita ante este Juzgado, en fecha 29 de agosto de 2009, donde el abogado JOSE FILEMON LAZARO QUINTERO, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 131.029, en su carácter de apoderado judicial de la aparte demandante, por una parte y por la otra, la abogada MARIA INES OSORIO COLMENARES, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº 98.399, donde deciden poner fin al presente juicio mediante CONVENIMIENTO; por cuanto se observa que dicho acto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN y ordena proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, conforme a lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil.

Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.

Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, en San Cristóbal, al primer día del mes de octubre del año dos mil nueve. Años: 199° de la Independencia y 150° de la Federación.

Abg. GREGORIO EDECIO PÉREZ AGUILAR
Juez Temporal


Abg. MARÍA E. VILLAMIZAR DE GALVIS
Secretaria


En la misma fecha se publicó la anterior decisión, siendo las 11:30 a.m, quedando registrada bajo el N° 181, se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.
Abg. MARÍA E. VILLAMIZAR DE GALVIS
Secretaria
Exp. N° 4904-2009.
Heberth c.