JUZGADO DEL MUNICIPIO BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Antonio, 21 de Octubre de 2009.
199º y 150º
Vista la conciliación suscrita ante el Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio Bolívar, Estado Táchira, en fecha 18 de junio de 2009, inserto al folio uno (1) del expediente N° 023-2009 de Obligación de Manutención, por los ciudadanos JEAN CARLOS CASTELLANO GAVIDIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-17.917.083 y ANGELICA ESMERALDA BENAVIDES JAIMES, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-13.927.903, a favor de la niña: (se omite el nomre), y por cuánto el mismo no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Juzgado del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte HOMOLOGACIÓN al Acta de conciliación conforme a lo establecido en los artículos 8 y 375 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes, dándole fuerza ejecutiva. Notifíquese a la Fiscalía Quince Especializada para la Protección del Niño y del Adolescente. Se acuerda oficiar al Banco de Fomento Regional Los Andes a fin de aperturar Cuenta de Ahorros. Cúmplase.
EL JUEZ TITULAR,
ABG. PEDRO ANTONIO GAFARO PERNÍA
LA SECRETARIA,
ABG. ROSSY MARIANA MENDOZA ROJAS
En la misma fecha se notificación al Fiscal. Se libró Oficio 3130- 1201
La Sria.,
Exp N° 2304-09
PAGP/smqd.-
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