JUZGADO DEL MUNICIPIO BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Antonio, 26 de octubre de 2009.

199° y 150°
Vista la conciliación suscrita en fecha 20 de octubre de 2009, inserta a los folios 25 y 26, del expediente N° 2267-09 por Cobro de Bolívares (Intimación), entre el abogado en ejercicio JOSÉ MANUEL GARCÍA OLIVEROS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.861.044, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 61.322, apoderado judicial de la parte demandante ciudadana ANA LIRIA HIGUERA SUÁREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.500.763 y el ciudadano ANTONIO ROSALES RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.170.930, parte demandada, asistido por el abogado en ejercicio JUAN CARLOS GIRALDO DÍAZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.928.259, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 138.117; y por cuanto la misma no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles el Tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, dándole fuerza ejecutiva. Cúmplase.

El Juez Titular,


Abg. Pedro Antonio Gáfaro Pernía


La Secretaria,


Abg. Rossy Mariana Mendoza Rojas




Exp: 2267-09
PAGP/jacs