Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE:
PRIMERO: Declara Con Lugar la Demanda que por Desalojo intentó el ciudadano ADIXON ANTONIO ANGULO GARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.V-9.194.529, domiciliado en Táriba, Municipio Cárdenas, Estado Táchira y hábil, asistido por el Abogado en ejercicio JOEL DARIO CAMARGO ARAQUE, inscrito en el Inpreabogado bajo el No.31.175, contra el ciudadano LUIS ALFONSO ECHEVERRY, venezolano, mayor de edad, domiciliado en El Diamante Parte Baja, Municipio Cárdenas, Estado Táchira y hábil.-
SEGUNDO: Se Condena a la Parte Demandada a desalojar y entregar libre de personas y de bienes a la Parte Demandante el inmueble alquilado, consistente en un apartamento, No.01, ubicado en la Primera Planta de la vivienda unifamiliar MARADIX, signada con el No.4-53, situada en la Calle 4 entre carreras 4 y 5, Sector El Diamante, Parte Baja, Municipio Cárdenas, Estado Táchira, en el plazo improrrogable de seis (6) meses contados a partir de la notificación que se le haga de la Sentencia definitivamente firme, conforme a lo establecido en el literal b del artículo 34 de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios,
TERCERO: De conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil se condena en costas a la Parte Demandada por haber resultado vencida.-
Regístrese, Publíquese, Déjese copia para el archivo del Tribunal y Notifíquese a las Partes y/o a sus Apoderados.-
Dada, Firmada, Sellada y Refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en Táriba a las tres de la tarde del día Dos de Octubre de Dos Mil Nueve. Años 199° de La Independencia y 150° de La Federación.-
La Juez Titular,

Abg. Luisa Medina
La Secretaria,

Abg. Marisol Maldonado