REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD

JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. Independencia, 07 de octubre de 2009.
199º y 150º

Vista la diligencia suscrita por la Abogada LYNDA MILAGROS VIVAS HADGIALY, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.497.611, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 89.947, en su carácter de apoderada de la parte demandante, mediante la cual manifiesta que la ciudadana ANA FRANCISCA GONZÁLEZ, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V-12.631.721 y parte demandada en el presente procedimiento de intimación, canceló la deuda y los intereses, no quedando nada a deber a su representado, cumpliendo así con lo acordado entre las partes, para lo cual consigna el recibo correspondiente, evidenciándose su voluntad de DESISTIR de la presente acción; en tal virtud, por cuanto se observa que dicho acto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, le imparte su HOMOLOGACIÓN y da por consumado el acto, conforme con lo previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil y ordena proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Regístrese, publíquese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal. Una vez quede firme la presente decisión, archívese el expediente.
La Jueza Temporal,

ABG. BETTY YAJAIRA VARELA MÁRQUEZ

La Secretaria,

ABG. MAURIMA MOLINA COLMENARES

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado, se publicó siendo la (s) ______________, quedó registrada bajo el N° ________, y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.

Abg. Maurima Molina C. /Secretaria
Exp. Nº 1758/2009
BYVM/lcm.