REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO QUINTO DE CONTROL

En este estado la ciudadana ANA MARÍA SÁNCHEZ, Juez Quinto de Control, pasa a decidir y expone: Este Tribunal Quinto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se Admite la solicitud del Representante del Ministerio Público en cuanto a que la presente causa se ventilada por la vía del procedimiento ordinario de conformidad con lo establecido en los artículos 280 y 373 último aparte del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se declara CON LUGAR la solicitud realizada por la defensora pública en cuanto a la libertad sin restricciones del ciudadano WILMAL JOSÉ MENDOZA CABRERA, por cuanto no están llenos los extremos del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, ya que en el presente proceso no existen testigos presenciales que pudiera corroborar lo dicho por los funcionarios policial en el Acta Policial, y atendiendo al criterio reiterado por el Tribunal Supremo de Justicia con respecto a que con el sólo dicho de los funcionarios aprehensores no es suficiente, en consecuencia se acuerda la LIBERTAD INMEDIATA SIN RESTRICCIONES del ciudadano WILMAL JOSÉ MENDOZA CABRERA, identificado con la cédula de identidad Nº 20.191.277. TERCERO: Se remite la presente causa a la Fiscalía Sexta del Ministerio Público en su oportunidad legal y se insta al Ministerio Público a realizar las diligencias pertinentes a los fines de presentar el acto conclusivo en su oportunidad legal. Asimismo, se acuerda expedir las copias Se declara concluida la presente audiencia simples solicitadas por la defensa. Quedan debidamente notificadas las partes. La Presente acta será fundamentada por autos separados, de conformidad con lo establecido en el artículo 173 del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrense los oficios correspondientes. Es todo, siendo las 12:30 horas de la tarde. Se concluye el presente acto. Terminó, se leyó y firman conforme:
LA JUEZ,


ANA MARÍA SÁNCHEZ.


LA FISCAL 6° DEL MP.


GUSTAVO GONZÁLEZ
EL DEFENSOR PÚBLICA 7°,


ABG. CARLA QUIJANO
EL IMPUTADO,





WILMAL JOSE MENDOZA CABRERA
LA SECRETARIA,


ABG. MARÍA LUISA UGUETO
AMS/nuvis