REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO QUINTO DE CONTROL

Este Tribunal Quinto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Vargas en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos Primero: Se admite la precalificación jurídica realizada por el representante del Ministerio Público como LESIONES CON ARMA INSIDIOSA, previsto y sancionado en el artículo 413 en concordancia con el artículo 418 ambos del Código Penal, y en tal sentido, se decreta MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD prevista en el artículo 256 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, en contra de los ciudadanos WILMER JOSÉ GUZMÁN FARIA y PABLO EMILIO FIGUEROA RIVERA, por lo cual quedan en la obligación de presentarse cada treinta (30) días por ante la sede de este Circuito Judicial Penal. Segundo: Igualmente, vistas las circunstancias de modo, lugar y tiempo en que se produjeron los hechos objeto del proceso y dada la solicitud por parte del Ministerio Público de llevar este caso por la vía del Procedimiento ordinario, considera este Tribunal que lo procedente es decretar la aplicación del PROCEDIMIENTO ORDINARIO, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 280 del Código Orgánico Procesal Penal. Tercera: Se acuerda remitir las presentes actuaciones a la Fiscalía Tercera en su oportunidad legal. Cuarto: Revisado como ha sido el Sistema IURIS2000, evidenciándose que existe una orden de captura en contra del ciudadano WILMER JOSÉ GUZMÁN FARIA; provisto de la cédula de identidad Nº 19.123.485, emanada del Tribunal Tercero de Control del estado Vargas, (causa WP01-P-2004-433) este despacho judicial pone a la orden del referido Tribunal Tercero al ciudadano retro identificado. Se declara concluido el acto. Con la lectura y firma de la presente acta quedan notificadas las partes presentes de conformidad con lo establecido en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal. La presente decisión será fundamentada por auto separado. Es todo, Terminó, se leyó y conformes firman:
LA JUEZ,

ANA MARÍA SÁNCHEZ
LA FISCAL 3º M.P.

DR. NELSON MONTERO
EL DEFENSOR PÚBLICA 8º,

Dr. FREY GUERRERO
LOS IMPUTADOS,


WILMER JOSÉ GUZMÁN FARIA



PABLO EMILIO FIGUEROA RIVERA
LA SECRETARIA,

ABG. MARÍA LUISA UGUETO

AMS/nuvis.