REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO QUINTO DE CONTROL
Este Tribunal Quinto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Vargas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se decreta la LIBERTAD SIN RESTRICCIONES del imputado de autos, atendiendo al argumento de la defensa, esto es, que el hecho de la víctima exime de responsabilidad penal al imputado de autos. SEGUNDO: Se acuerda con lugar la solicitud del Ministerio Público, en cuanto a que la presente causa sea ventilada por el procedimiento ordinario, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 280 y 373 parte in fine de la Ley Adjetiva Penal. TERCERO: Se acuerda la solicitud presentada por las partes en cuanto a la expedición de copias. CUARTO: Se acuerda remitir la presente causa a la Fiscalía Segunda del Ministerio Público en su oportunidad legal. QUINTO: La presente acta se fundamentará por auto separado, de conformidad con lo establecido en el artículo 173 del Código Orgánico Procesal Penal. Igualmente se acuerda librar los oficios correspondientes. Quedan notificadas las partes. Se declara concluida la presente audiencia siendo las 6:20 horas de la tarde. Terminó, se leyó y firman conforme:
LA JUEZ
ANA MARÌA SÀNCHEZ
EL FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO
Dra. JULIMIR VÀSQUEZ
LA DEFENSA PÚBLICA
DR. EDUARDO PERDOMO
EL IMPUTADO
ALEXANDER JAVIER SUÀREZ ZAMBRANO
EL SECRETARIO
ABG. MARÍA LUISA UGUETO
AMS/Yoleida.-