REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION
SEGUNDO DE EJECUCION
Macuto, 1º de octubre de 2009
199º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL : WP01-P-2008-003123
2E-1735-07
Vista la decisión que antecede, mediante la cual se ordena efectuar un nuevo cómputo en virtud de la redención de la pena por el trabajo y estudio acordada a favor de VICTOR YAMEL VENEGAS SOLIS siendo ello una nueva circunstancia que modifica el tiempo de cumplimiento de pena previamente impuesto al prenombrado penado, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, pasa a realizarlo en los siguientes términos.
A VICTOR YAMEL VENEGAS SOLIS se le condenó a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRISION siendo redimida por un tiempo de SEIS (06) MESES, TRES (03) DIAS Y DOCE (12) HORAS por lo que le falta por cumplir una pena de seis (06) años, un (01) mes, veintinueve (29) días y doce (12) horas, en virtud que el penado fue detenido por primera vez en fecha 29-12-2001 hasta el día de hoy.
Así las cosas, corresponde determinar las fechas a partir de cuando podrá optar por las diferentes fórmulas del cumplimiento de pena; al respecto se observa:
1. TRABAJO FUERA DEL ESTABLECIMIENTO PENAL: Al cumplir una cuarta parte (1/4) de la pena, la cual cumplirá el 30-11-2009 a las 12 horas.
2. ESTABLECIMIENTO ABIERTO: Al cumplir una tercera parte (1/3) de la pena, la cual cumplirá el 30-07-2010 a las 12 horas.
3. LIBERTAD CONDICIONAL Al cumplir las dos terceras partes (2/3) de la parte de la pena, la cual cumplirá el 30-03-2013 a las 12 horas.
4. CONFINAMIENTO: Al cumplir las tres cuartas (3/4) de la pena, la cual la cumplirá el 30-11-2013 a las 12 horas.
5. La totalidad de la pena impuesta la cumplirá el 30-11-2015 a las 12 horas.
Notifíquese a las partes, remítase copia del presente cómputo y líbrese la correspondiente boleta de traslado al penal a los fines de que sea notificado de la redención y nuevo computo. Cúmplase.
EL JUEZ DE EJECUCION,
JUAN FERNANDO CONTRERAS
LA SECRETARIA,
Abg. YUMAIRA REQUENA
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA,
Abg. YUMAIRA REQUENA
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