REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS

TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION
SEGUNDO DE EJECUCION
Macuto, 29 de octubre de 2009
199º y 150º

ASUNTO PRINCIPAL : WP01-P-2007-003637
ASUNTO : WK01-X-2009-000030
2E-2130-09
Compete a este tribunal emitir pronunciamiento en la presente causa seguida en contra del ciudadano ANGEL GABRIEL COVA ROMERO, quien es de nacionalidad venezolana, natural de La Guaira, identificado con cédula de identidad Nº 16.725.631, de estado civil soltero, residenciado en la urbanización Páez, bloque 03, piso 10 apartamento 103-B, parroquia Catia La Mar, estado Vargas, contra quien se llevó juicio por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el articulo 406 primer aparte del Código Penal.
En este sentido este tribunal observa:
Cursa a los folios 76 al 84 de la causa, sentencia dictada por el Tribunal Tercero de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas de fecha 28-09-2009, mediante la cual ABSOLVIO al ciudadano ANGEL GABRIEL COVA ROMERO de la acusación formulada en su contra por la Fiscalía Tercera del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el articulo 406, primer aparte del Código Penal, por considerar que no existen elementos suficientes de convicción procesal que demuestren su culpabilidad y subsiguiente responsabilidad penal, pronunciamiento que fue declarado definitivamente firme por el referido Tribunal de Juicio, mediante auto de fecha 20-10-2009.
Así las cosas, este Tribunal de Ejecución estima procedente y ajustado a derecho decretar la LIBERTAD PLENA, del mencionado ciudadano y ORDENAR excluir de pantalla cualquier registro que presente en relación a esta causa. Y ASI SE DECIDE.

DISPOSITIVA

En base a lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en Función Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD PLENA del ciudadano ANGEL GABRIEL COVA ROMERO antes identificado, por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el articulo 406 primer aparte del Código Penal, en virtud de haberse dictado sentencia absolutoria a su favor, en fecha 28-09-2009.
Regístrese, diarícese, publíquese, déjese copia en archivo y notifíquese la presente decisión. Líbrese oficio a la Consultoría Jurídica de Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas ordenando la exclusión de los registros que por este hecho pueda presentar el ciudadano ANGEL GABRIEL COVA ROMERO
EL JUEZ,

JUAN FERNANDO CONTRERAS
LA SECRETARIA,

ABG. MARVIC VELASQUEZ

En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en la anterior sentencia.
LA SECRETARIA,

ABG. MARVIC VELASQUEZ