REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCIRPCION JUDICIAL
DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, 27 de Octubre de 2009
199° y 150°
Vista la presente demanda de Resolución de Contrato de Arrendamiento y sus recaudos, presentada por el ciudadano FELIPE GONZALEZ, titular de la cédula de identidad Nº 4.557.151, en su carácter de Apoderado Judicial de la ciudadana MARIA ALEJANDRA LOZANO DE PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 6.481.814, debidamente asistido por el Abg. CARLOS MANUEL MEDINA MEZA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 43.208, este Tribunal de conformidad con el Articulo 33 de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, la admite cuanto ha lugar en derecho, por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa en la Ley. En consecuencia, emplácese a la ciudadana: NANCY JUANITA DIAZ ESPINOZA, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº. 4.118.435, para que comparezca por ante este Tribunal al Segundo (2°) día de Despacho siguiente a la constancia en autos dejada por el Alguacil de haber practicado su citación, entre las horas de despacho comprendidas de 8:30 a.m. a 3:30 p.m., a fin de que de Contestación a la demanda, conforme a lo establecido en el Artículo 35 ejusdem. Líbrese compulsa con su orden de comparecencia al pie y entréguese al Alguacil del Tribunal para que practique la citación ordenada. Cúmplase.
LA JUEZ,

EL SECRETARIO
Dra. SCARLET RODRIGUEZ PEREZ.

JONATHAN GUILLEN
En esta misma fecha se deja constancia que no se libró la respectiva compulsa de citación por cuanto la parte actora no proveyó los fotostatos respectivos.
EL SECRETARIO


SRP/JG/Yaneiza.
Exp. Nº 1474/09.