REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, veintiocho (28) de octubre del dos mil nueve (2009)
199° y 150°
ASUNTO N° WP11-L-2009-000301
Vista la anterior demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES y DEMÁS BENEFICIOS y su subsanación, suscrita en fecha veintitrés (23) de octubre del presente año, por la Profesional del Derecho ROXANA CABELLO, en su carácter de Apoderada Judicial del Ciudadano HENRY ALEXIS MEZA VEGAS; este Tribunal Quinto de Sustanciación, Mediación y Ejecución, LA ADMITE cuanto ha lugar en derecho, de conformidad con el artículo 124 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Se ordena emplazar mediante Cartel de Notificación, a la empresa demandada CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS SANDELRA, C.A., en la persona de los Ciudadanos JESÚS RAFAEL SANDOVAL DELGADO y XIOMARA SIVIRA, en su carácter de PRESIDENTE y DIRECTORA, respectivamente, de la referida empresa; a fin de que comparezca por ante el Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución, asistidos de abogado o representados por medio de apoderado, con las facultades expresas de convenir, desistir, transigir, comprometer en árbitros, solicitar la decisión según la equidad y disponer del derecho en litigio a las diez de la mañana (10:00 a.m.), del DÉCIMO (10°) DIA HÁBIL SIGUIENTE al de la constancia que ponga el Secretario en autos, de haber cumplido la última de las notificaciones que se practiquen, a los efectos de que tenga lugar la AUDIENCIA PRELIMINAR. Igualmente, se le hace saber a las partes, que deberán consignar sus escritos de pruebas y elementos probatorios (debidamente organizados) en la oportunidad del inicio de la audiencia preliminar, a los fines de procurar la mediación, para lo cual se insta a las partes a acudir personalmente acompañados de las personas que tengan conocimiento de los hechos. Entréguese al Alguacil la orden de comparecencia a los fines de que practique la Notificación ordenada. Líbrese Cartel.
EL JUEZ PROVISORIO
Dr. ARNALDO RODRÍGUEZ LEÓN
LA SECRETARIA
Abg. ANGELA PADRÓN
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA
Abg. ANGELA PADRÓN
ARL/AP/Angel*
WP11-L-2009-000301