REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EN LO CIVIL
REPUBLICA BOLIVARI ANA DE VENEZUELA.
EN SU NOMBRE
EL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, 07 de septiembre de 2009.
199º y 150°
Vista la anterior acción de Amparo Constitucional y los recaudos que la acompañan presentados por ciudadana ROSABEL DEL CARMEN QUINTERO VERA, titular de la cédula de Identidad Nº 3.628.302, de profesión abogada e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº27.680, quien actúa en su propio nombre y representación, este Tribunal la ADMITE cuanto ha lugar en derecho, por no ser contraria al orden público y a las buenas costumbres, y de conformidad con los artículos 27 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. En consecuencia, procédase conforme al procedimiento establecido por interpretación, de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de los referidos artículos, mediante sentencia de fecha 1° de febrero de 2000, con ponencia del Magistrado Jesús Eduardo Cabrera, la cual es de carácter vinculante para todos los Tribunales de la República. Notifíquese a la presunta agraviante, ciudadana NINOSCA BELLO, venezolana, mayor de edad, de éste domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 2.765.787, a los fines de hacerle saber que en el plazo de Noventa y Seis (96) horas, contadas a partir de la constancia en autos de haberse practicado a la última de las notificaciones que se haga y conste en el expediente, se celebrara la Audiencia Oral y Publica en la cual deberá manifestar los argumentos que considere pertinente de la acción ejercida en su contra, y de no comparecer al plazo fijado se entenderá como aceptación de los hechos incriminados. Asimismo notifíquese a la Fiscalía de Turno del Ministerio Público, para que comparezca a la Audiencia y presencie la misma. Líbrense Boletas de Notificación anexándoles copias certificadas de la solicitud de amparo y del presente auto de admisión y entréguese dichas boletas, al Alguacil de este Despacho. Asimismo por cuanto la Alguacila titular de este Juzgado se encuentra de vacaciones, se designa en este acto como alguacil accidental para que practique las notificaciones ordenadas al ciudadano EDWIN FRANCISCO HERRERA CLEMENTE, titular de la cédula de Identidad Nº 17.562.749, quien aceptó el caro y prestó el juramento de Ley.
LA JUEZA
DRA. MERCEDES SOLORZANO
LA SECRETARIA ACC.,
IRIS FAJARDO
En la misma fecha se libraron las boletas de notificación sin las copias certificadas por cuanto no consta en autos los fotostatos respectivos.
LA SECRETARIA,
IRIS FAJARDO
Exp. N° 8093
MS/if.