JUZGADO DEL MUNICIPIO BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Antonio, 21 de septiembre de 2009.
199° y 150°
Vista la transacción suscrita en fecha 17 de septiembre de 2009, inserta a los folios 76 al 78 ambos inclusive, del expediente N° 2137-09 por Desalojo, entre el abogado en ejercicio JUAN LUIS AUGUSTO SUÁREZ NOVOA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-2.888.885 e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 8.152, apoderado judicial de los ciudadanos MARIO EDUARDO MONTAÑA ROBAYO, FERNANDO AUGUSTO MONTAÑA ROBAYO, GERMAN ALONSO MONTAÑA ROBAYO y SUSANA INES MONTAÑA ROBAYO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-9.240.560, V-9.240.559, V-9.133.648 y V-9.135.523, partes demandante y FÉLIX ANTONIO BUSTAMANTE GUERRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-15.990.775, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 104.544, apoderado judicial del ciudadano JOSÉ DEL CARMEN DELGADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-2.628.896, parte demandada; y por cuanto la misma no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles el Tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, dándole fuerza ejecutiva. Cúmplase.
El Juez Titular,
Abg. Pedro Antonio Gáfaro Pernía
La Secretaria,
Abg. Rossy Mariana Mendoza Rojas
Exp: 2150-09
PAGP/jacs
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