REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO QUINTO DE CONTROL

En este estado la ciudadana ANA MARÍA SÁNCHEZ, Juez Quinto de Control, pasa a decidir y expone: ESTE TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se admite la precalificación jurídica realizada por el representante fiscal por el delito de TRANSPORTE ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. SEGUNDO: Se decreta la Privación Judicial Preventiva de Libertad, del ciudadano VASILEVSKIS VLADIMIRS, por la comisión del delito de TRANSPORTE ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, designándose como centro de reclusión el Internado Judicial de Los Teques, estado Miranda, asimismo a solicitud del Ministerio Público se acuerda la confiscación preventiva de conformidad con el artículo 63 de la Ley Especial de Droga el boleto aéreo del imputado de autos. TERCERO: Se acuerda que la presente causa sea ventilada por la vía del procedimiento Abreviado, de conformidad con lo previsto en el artículo 280 del Código orgánico Procesal Penal, en relación con el último aparte del artículo 373 ambos del texto adjetivo penal. CUARTO: Se declara SIN LUGAR la solicitud realizada por la defensa Pública, en cuanto al otorgamiento de la Libertad plena de su representado. QUINTO: Se ordena librar oficio a la Embajada de Letonia acreditado en la República Bolivariana de Venezuela, a los fines de notificarle sobre la situación jurídica de su nacional. SEXTO: Se acuerda expedir las copias solicitadas por las partes. La presente decisión será fundamentada por auto separado de conformidad con el artículo 173 del Código Orgánico Procesal Penal. Quedan notificadas las partes. Se declara concluida la presente audiencia siendo las 2:35 horas de la tarde. Terminó, se leyó y firman conforme:
LA JUEZ

ANA MARÍA SÁNCHEZ


FISCAL 6° DEL MP.


DR. GUSTAVO GONZÁLEZ

LA DEFENSA PÚBLICA


DRA. BEATRIZ MONGE

EL INTÉRPRETE


KHARIN ARTEM




EL IMPUTADO


VASILAVSKIS VLADIMIRS


LA SECRETARIA


ABG. MARIA LUISA UGUETO
WP01-P-2009-005382