REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS

Maiquetía, dieciocho (18) de septiembre del dos mil nueve (2009)
199° y 150°

ASUNTO N° WP11-L-2009-000197

Visto que en fecha diecisiete (17) de Julio del año dos mil nueve (2009), este Tribunal ordenó al demandante corregir el libelo de la demandada y por cuanto el mismo no cumplió con lo ordenado dentro del lapso concedido, este Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución, en uso de las atribuciones conferidas en el Articulo 124 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y de conformidad con lo previsto en la Sentencia Nº 380 de fecha 24/03/2009, emanada de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, por autoridad de la Ley declara LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA. Así se decide.
Publíquese, Regístrese y Déjese Copia certificada de la presente decisión.
EL JUEZ PROVISORIO

Dr. ARNALDO RODRÍGUEZ LEÓN
LA SECRETARIA

Abg. ÁNGELA PADRÓN




Partes: EDGAR BRAVO y OTROS vs. INSTITUTO AEROPUERTO INTERNACIONAL DE MAIQUETÍA (I.A.I.M)
Motivo: COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES
ARL/AP/Angel*
WP11-L-2009-000197