REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN,
MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO
Maiquetía, jueves quince (15) de abril del dos mil diez (2010)
199º y 151º
ASUNTO: WP11-L-2009-000366
Vista la sentencia dictada de fecha dos (02) de febrero del dos mil diez (2010), dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Vargas, mediante la cual se declaro CON LUGAR la acción intentada por la parte actora en el presente proceso, y definitivamente firme como se encuentra, e igualmente, constan en el expediente las resultas de la experticia complementaria, emanadas del Banco Central de Venezuela, condenadas en la mencionada sentencia; este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo dispuesto en los artículos 180 y 181 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, PROCEDE A LA EJECUCIÓN FORZOSA, en consecuencia, DECRETA MEDIDA DE EMBARGO EJECUTIVO sobre bienes propiedad de la parte demandada, hasta cubrir la cantidad de DIEZ MIL CIENTO TRES BOLÍVARES CON CUATRO CÉNTIMOS ( Bs.F. 10.103,04), que comprende el doble de la suma condenada a pagar de CINCO MIL CINCUENTA Y UNO BOLÍVARES CON CINCUENTA Y DOS CÉNTIMOS (Bs.F. 5.051,52), más UN MIL QUINIENTOS QUINCE BOLÍVARES CON CUARENTA Y CINCO CÉNTIMOS (Bs F 1.515,45) que corresponde al 30% por costas de ejecución. En caso de embargar cantidades líquidas de dinero el embargo será por la suma condenada a pagar CINCO MIL CINCUENTA Y UNO BOLÍVARES CON CINCUENTA Y DOS CÉNTIMOS (Bs.F. 5.051,52), más UN MIL QUINIENTOS QUINCE BOLÍVARES CON CUARENTA Y CINCO CÉNTIMOS (Bs F 1.515,45) que corresponde al 30% por costas de ejecución. Este Tribunal fija para el día martes dieciocho (18) de mayo del dos mil diez (2010) a las once (11:00 a.m.) horas de la mañana, la Práctica de la Medida de Embargo. Cúmplase.
LA JUEZ
Dra. IMPERIO SALAZAR.
LA SECRETARIA
Abg. YNDORYANA VARGAS
Partes: SONIA JOSEFINA ROMERO GONZALEZ Vs. NAKAMURA SPORT SHOP, C.A. e INVERSIONES QUANTUM II, C.A.
Motivo: Cobro Prestaciones Sociales y demás beneficios laborales.
EXP. WP11-L-2009-000366
|