REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA JUZGADO TERCERO DE MUNCIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, 22 de Abril de 2010
200° y 151°
PARTE SOLICITANTE: MAURA MARGARITA SALCEDO DE GONZALEZ, MAYCHAL MARGARITA GONZALEZ DE GAGO, MIGUEL ANTONIO GONZALEZ SALCEDO y MIGSEL MARGARITA GONZALEZ SALCEDO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-3.890.565, V-7.992.494, V-11.057.953 y V-17.960.290, respectivamente.
ABOGADA ASISTENTE DE LOS SOLICITANTES: MAGALI BOZO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 23.643.
MOTIVO: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
Solicitud: Nº 2312-09
Por ante el Juzgado Distribuidor de Municipio fue presentada la presente solicitud, la cual efectuado el sorteo correspondiente fue asignada a este Juzgado. Una vez consignados los recaudos, por auto de fecha 16 de Abril de 2010 se admitió, y se ordeno examinar a dos personas como testigos, las cuales rindieron su testimonial en fecha 20 de Abril de este mismo año.
Siendo esta la oportunidad para decidir, este Tribunal pasa a hacerlo, previas las consideraciones siguientes: Promovidas y evacuadas como han sido las declaraciones de testigos, y examinadas las actas procesales, observa este Tribunal que cursa en autos los siguientes elementos probatorios:
1.- Acta de Defunción del ciudadano MIGUEL ANTONIO GONZALEZ ESCALANTE, expedida por el Registro Civil de la Parroquia Macuto de Registro Civil de la Alcaldía del Municipio Vargas del Estado Vargas.
2.- Copia Certificada del Acta de Matrimonio expedida por el Tribunal Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, correspondiente al extinto Juzgado de la Parroquia Maiquetía, acta Nº 87, del año 1.966. de los ciudadanos MIGUEL ANTONIO GONZALEZ ESCALANTE y MAURA MARGARITA SALCEDO PEREZ.
3.- Copia Certificada de la Partida de Nacimiento de la ciudadana MAYCHAL MARGARITA, expedida por la Primera Autoridad de la Parroquia Maiquetía, Departamento Vargas del Distrito Federal.
4.- Copia Certificada de la Partida de Nacimiento del ciudadano MIGUEL ANTONIO, expedida por el Jefe Civil de la Parroquia Macuto, Municipio Vargas del Estado Vargas.
5.- Fotocopia de la Partida de Nacimiento de la ciudadana MIGSEL MARGARITA, expedida por la Primera Autoridad de la Parroquia macuto, Municipio Vargas del Distrito Federal.
6.- Copias de las cédulas de identidad.
Del análisis de las documentales promovidas y de la declaración rendida por los testigos, hay una total y absoluta correspondencia con los hechos alegados por la solicitante, motivo por el cual este Tribunal lo aprecia con todo su valor probatorio, de conformidad con el artículo 1.392 del Código Civil. Así se decide.
Por lo expuesto, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor de derecho, declara como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De-Cujus MIGUEL ANTONIO GONZALEZ ESCALANTE, quien en vida fuera titular de la cédula de identidad No. V-2.897.581, a su viuda ciudadana MAURA MARGARITA SALCEDO DE GONZALEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-3.890.565, y a sus hijos ciudadanos MAYCHAL MARGARITA GONZALEZ DE GAGO, MIGUEL ANTONIO GONZALEZ SALCEDO y MIGSEL MARGARITA GONZALEZ SALCEDO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-7.992.494, V-11.057.953 y V-17.960.290, respectivamente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.

Por todos los razonamientos precedentemente expuestos, este JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, TITULO para acreditar el carácter de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De-cujus MIGUEL ANTONIO GONZALEZ ESCALANTE, quien en vida fuera titular de la cédula de identidad No. V-2.897.581, a su viuda ciudadana MAURA MARGARITA SALCEDO DE GONZALEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-3.890.565, y a sus hijos ciudadanos MAYCHAL MARGARITA GONZALEZ DE GAGO, MIGUEL ANTONIO GONZALEZ SALCEDO y MIGSEL MARGARITA GONZALEZ SALCEDO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-7.992.494, V-11.057.953 y V-17.960.290, respectivamente, dejando a salvo el derecho de terceros. Devuélvanse los originales a la parte interesada y expídase las copias certificadas de las presentes actuaciones, y déjese una en el archivo de este Juzgado.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada del presente fallo en el copiador de sentencias de este Juzgado en conformidad con los artículos 247 y 248 del Código Adjetivo Civil.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, a los veintidós (22) días del mes de Abril del año dos mil diez (2010). Años 200º de la Independencia y 151º de la Federación.
LA JUEZ TEMPORAL
NAHIROBY C BOSCÀN P.
LA SECRETARIA
ELIA GONZALEZ
En esta misma fecha, siendo las 08:45 a.m. se publicó y registró la anterior decisión.
LA SECRETARIA
ELIA GONZALEZ.
NCBP/EG/ertd
Solicitud Nº 2312-10