REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, veintiséis (26) de Abril del año dos mil diez (2010)
200° y 151°

ASUNTO: WP11-L-2009-000047

De conformidad con la sentencia dictada por el Tribunal Superior Primero del Trabajo del estado Vargas, en fecha once (11) de Noviembre del año dos mil nueve (2009), mediante la cual confirmo la decisión del Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del estado Vargas, dictada en fecha dieciocho (18) de Septiembre del año dos mil nueve (2009), este Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del estado Vargas; en consecuencia, decreta LA EJECUCIÓN VOLUNTARIA en la presente causa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 180 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; a los fines de dar cumplimiento voluntario a la sentencia mencionada ut supra.

En tal sentido, por cuanto puede verse afectado los intereses patrimoniales del Estado se ordena oficiar a la SINDICA PROCURADORA MUNICIPAL DEL ESTADO VARGAS y a la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO VARGAS DEL ESTADO VARGAS, con el objeto de que en un lapso de diez (10) días hábiles contados a partir de que conste en autos la última notificación, deberá dar cumplimiento voluntario a lo ordenado por la sentencia ó informar a este Tribunal la forma en que dará cumplimiento a la sentencia dictada en la presente causa, todo ello en atención al artículo 160 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal. Cúmplase lo ordenado. Líbrense los respectivos Oficios.
LA JUEZ

Dra. GIOCONDA CACIQUE
EL SECRETARIO

Abg. WILLIAM SUAREZ

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.

EL SECRETARIO

Abg. WILLIAM SUAREZ


Parte Demandante: “Nicolás Manuel Quezada Díaz, Luis Ramón León y Otros”
Parte Demandada: “Alcaldía del Municipio Vargas del estado Vargas”
Motivo: Cobro de Prestaciones Sociales y Salarios Caídos
GC/WS/greo
WP11-L-2009-000047