REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
TRIBUNAL TERCERO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO
Maiquetía, veintinueve (29) de abril del año dos mil diez (2010)
200º y 151º

ASUNTO: WP11-L-2009-000317

De conformidad con lo establecido en la sentencia de fecha veintiocho (28) de enero del año dos mil diez (2010), dictada por este Tribunal, mediante la cual declaró CON LUGAR, la demanda intentada por la parte actora en el presente proceso y definitivamente firme como ha quedado; este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo dispuesto en los artículos 180 y 181 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, PROCEDE A LA EJECUCIÓN FORZOSA, en consecuencia, DECRETA MEDIDA DE EMBARGO EJECUTIVO sobre bienes propiedad de la parte demandada, hasta cubrir la cantidad de Dieciocho Mil Noventa y Tres Bolívares con Setenta Céntimos (Bs. F. 18.093,70), que comprende el doble de la suma condenada a pagar de Ocho Mil Doscientos Veinticuatro Bolívares Con Cuarenta y Un Céntimos (Bs. F. 8.224,41), más Mil Seiscientos Cuarenta y Cuatro Bolívares con Ochenta y Ocho Céntimos (BS. F. 1.644,88), correspondientes al 20% por costas de ejecución, solamente en caso de que se practique la medida. En caso de embargar cantidades líquidas de dinero el embargo será por la suma de Nueve Mil Ochocientos Sesenta y Nueve Bolívares con Veintinueve céntimos (Bs. F. 9.869,29) que comprende el monto condenado a pagar, Ocho Mil Doscientos Veinticuatro Bolívares Con Cuarenta y Un Céntimos (Bs. F. 8.224,41), más Mil Seiscientos Cuarenta y Cuatro Bolívares con Ochenta y Ocho Céntimos (BS. F. 1.644,88), correspondientes al 20% por costas de ejecución, solamente en caso de que se practique la medida. Este Tribunal fija para el día jueves veintisiete (27) de mayo del año dos mil diez (2010), a las nueve (09:00 a.m.) horas de la mañana, la Práctica de la Medida de Embargo. Cúmplase.
EL JUEZ

Dr. JOSE GREGORIO GONZALEZ

LA SECRETARIA

Abg. YONELA SARMIENTO

PARTE DEMANDANTE: ARGENIS GUTIERREZ RAMIREZ
PARTE DEMANDADA: ALI TORO
Motivo: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y DEMAS BENEFICIOS
JGG/YS/Pierina.-