Se decretó TITULO SUPLETORIO a favor de JULIO MORALES, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 1.452.954, sobre bienhechurias ubicadas entre la calle Girardot Nº 36, hoy Calle Boyacá y el Callejón Junín, Prolongación Soublette, Barrio Negro Primero, Jurisdicción de la Parroquia Catia La Mar, Municipio Vargas del Estado Vargas