REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUEAL
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNÍN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA.
Rubio, Trece de Agosto de Dos Mil Diez.
200° y 151°

Vista el convenimiento celebro entre los Ciudadanos: WILMER ALEXANDER RINCON SERVITA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 12.517.080, y la ciudadana YUJEHIRY CAROLINA GALVIS SEPULVEDA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.517.459, actuando en beneficio de (omissis), de fecha 13 de Agosto de 2.010, celebrado por ante este Tribunal de los Municipios Junín, Rafael Urdaneta, de esta Circunscripción Judicial del Estado Táchira, asistidos por la Abogada ELSA RAMIRES, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 58.772, en el cual manifiestan “… De común y amistoso acuerdo, hemos acordado en fijar la obligación de manutención de nuestra hija YUSMARY YULEXANETH RINCON GALVIS, en la cantidad de Quinientos Bolívares (Bs. 500,00) mensuales y las cuotas extraordinarias de los meses de Septiembre y Diciembre en Un Mil Bolívares (Bs. 1.000,00) cada una de ellos, dicha cantidad de dinero serán descontadas de la nómina del ministerio de Educación para el cual labora WILMER ALEXANDER RINCON SERVITA, por lo cual se solicita a este Tribunal oficiar a dicho Ministerio para que se haga efectivo los respectivos descuentos mensuales, así mismo se solicita autorizar a YUJEHIRY CAROLINA GALVIS SEPULVEDA, a los fines de aperturar la cuenta de ahorro, por el Banco Bicentenario, a los fines de que en ella se deposite las cantidades antes mencionadas (…) Otro si: La cuota del mes de Agosto, ya ha sido entregada. Las cuotas del mes de Septiembre serán entregadas los días 12 y 27 de Septiembre, para lo cual la demandante entregará el recibo correspondiente. Se solicita oficiar los Descuentos de Nómina a partir del mes de Octubre de 2.010….”. Este Tribunal acuerda de conformidad al artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente otorgarle su HOMOLOGACIÓN, a fin que se proceda como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley. CUMPLASE. Así mismo se insta a la parte solicitante a consignar la copia de la libreta aperturada a la brevedad posible y una vez consignada se procederá a oficiar al ente competente para que se inicien los descuentos nominales a partir del mes de Octubre de 2.010. Todo en relación al Expediente N° 926-01 en que la Ciudadana: YUJEHIRY CAROLINA GALVIS SEPULVEDA Demanda al Ciudadano WILMER ALEXANDER RINCON SERVITA, por concepto de Obligación de Manutención en beneficio de (omissis).
Dada, Sellada, Firmada y Refrendada en el Despacho del Juzgado de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
La Jueza Provisoria,

Abg. ANA RAMONA ACUÑA
El Secretario Titular,

Abg. JULIO CESAR COLMENARES GONZÁLEZ

En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto dejándose copia certificada para el archivo del Tribunal.