REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL, TORBES, CARDENAS, GUASIMOS, FERNANDO FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO
San Cristóbal, Estado Táchira, hoy jueves 12 de agosto de 2010, siendo las 10:30 de la mañana, se hicieron presentes en este Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal, Tórbes, Cárdenas, Guásimos, Fernández Feo, Libertador y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, ciudadano Heduard Hernández Martínez, titular de la cédula de identidad No. V- 15.881.895, parte demandada debidamente asistido por el abogado Francisco Arellano Linero, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 105.036, la parte demandante ciudadana Ivonne Carrero Contreras, titular de la cédula de identidad No.V-5.655.178 debidamente representada por su abogado Elda Clavijo Rubio, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 31.088, así como el ciudadano Juez, Doctor Félix Antonio Matos. Seguidamente el ciudadano Juez da inicio al Acto Conciliatorio cediéndole el derecho de palabra a la parte demandada: En este estado la parte demandada expone: Solicito a la parte demandante: 1°) Se me conceda un plazo hasta el día 27 de Agosto de 2010 para entregar el inmueble objeto de la presente medida, totalmente desocupado, libre de personas, bienes, semovientes y en el estado de buenas condiciones en que lo recibí para el momento en que me fue entregado. 2°) Así mismo me comprometo y efectivamente lo hago en este acto a renunciar a cualquier tipo de acción civil, mercantil, penal y constitucional que me pueda corresponder, de la misma forma desisto de la incidencia que solicité que se abriera por ante el Tribunal Comitente, para lo cual solicito a este Juzgado se oficie al Tribunal de la causa de mi desistimiento de esa incidencia, solicitada en el Expediente No. 6323. 3°) Así mismo me comprometo pagar a la parte actora las costas, honorarios, intereses moratorios y demás reparaciones menores que me puedan corresponder (pintura, arreglo de tuberías y otros), y que deban hacérsele al inmueble que ocupo actualmente, para lo cual ofrezco como pago de los conceptos anteriormente señalados el deposito que asciende a la suma de Siete Mil Bolívares (Bs.7.000,00) y que de conformidad con el Contrato de arrendamiento le fue entregado a la parte actora, en caso de que me sea aceptado este ofrecimiento no quedo a deber a la parte actora nada por los conceptos señalados. 4°) De la misma manera, me comprometo y obligo que en caso de incumplimiento para la fecha pautada en este acto para la entrega del inmueble totalmente desocupado, de pagarle a la parte actora como indemnización de daños y perjuicios la suma de CIEN MIL BOLÍVARES (Bs.100.000,00). En este estado la ciudadana Ivonne Carrero Contreras debidamente representada en este acto por su abogado Elda Clavijo Rubio, solicito el derecho de palabra y concedido que le fue expone: Acepto conceder el plazo para la entrega del inmueble y en caso de incumplimiento en que me pague los daños y perjuicios, valorados y ofrecidos por la parte demandada en Cien Mil Bolívares (Bs.100.000,00), y en caso de incumplimiento de lo aquí convenido solicitaré por medio diligencia fecha para el traslado del Tribunal y la ejecución de la medida. No siendo más, conformes firman. DR. FELIX ANTONIO MATOS. JUEZ TITULAR. (Fdo). Lugar del Sello. IVONNE CARRERO CONTRERAS. PARTE ACTORA. (Fdo) ABG. ELDA CLAVIJO RUBIO. APODERADA DE LA PARTE DEMANDANTE. (Fdo). HEDUARD HERNÁNDEZ MARTÍNEZ. PARTE DEMANDADA. (Fdo) ABG. FRANCISCO ARELLANO LINERO. ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA. (Fdo). ABG. CARMEN B. MORENO PEREZ. SECRETARIA. (Fdo)