REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

ACTA DE VERIFICACION SUSPENSION
CONDICIONAL DEL PROCESO

JUEZ: ABG. LUPE FERRER ALCEDO
FISCAL: ABG. MELIDA CARRILLO RIVAS
DEFENSOR: ABG. JORGE NOEL CONTRERAS
ACUSADO: SARMIENTO ENDER MIGUEL
SECRETARIO: ABG. REINALDO JOSE CHACON PACHECO

En la audiencia del día de hoy, en la Ciudad de San Cristóbal, Capital del Estado Táchira, a los tres (03) días del mes de Agosto del año dos mil diez (2010), siendo el día señalado para que tengo lugar AUDIENCIA ESPECIAL DE VERIFICACION DE SUSPENSION CONDICIONAL DEL PROCESO, en la causa Penal Nº 1C-7594-06, seguida al acusado SARMIENTO ENDER MIGUEL, de nacionalidad Venezolana, nacido el 15/01/1982, de 26 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-19.522.991, de estado civil soltero, residenciado en San Josecito, vereda 6, calle 2, casa N° 22 del Municipio Torbes, Estado Táchira; por la comisión del delito de RAPTO IMPROPIO, previsto y sancionado en el articulo 384 primer aparte del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana Nereida del Carmen Barboza Delgado. La ciudadana Juez procedió a señalar a las partes presentes el motivo de la presente audiencia el cual es el de verificar el cumplimiento de las Condiciones de la Suspensión Condicional del Proceso, en la audiencia celebrada en fecha 31 de Enero de 2007, donde se estableció el plazo de régimen de prueba de UN (01) AÑO, para lo cual se le impuso como obligaciones: 1) PRESENTRASE UNA VEZ CADA TRES (03) MESES, por ante la Oficina de Alguacilazgo. Seguidamente se procede a verificar la presencia de las partes dejándose constancia que se hicieron presentes la Fiscal Décimo Sexta del Ministerio Público abogada MELIDA CARRILLO RIVAS, el imputado de autos SARMIENTO ENDER MIGUEL, así como el defensor publico abogado JORGE NOEL CONTRERAS. Luego de ello le cede el derecho de palabra al acusado SARMIENTO ENDER MIGUEL, imponiéndolo del Precepto Constitucional previsto en el artículo 49 ordinal 5º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la disposición contenida en el artículo 131 del Código Orgánico Procesal Penal, seguidamente expuso cada una de ellas por separado: “Ciudadana Juez yo cumplí con todas las presentaciones y no volví tener problemas, y actualmente la ciudadana Nereida del Carmen Barboza Delgado, es mi pareja y tenemos 4 hijos y esta embarazada ahora, es todo”. Luego de ello se le cede el derecho de palabra al Defensor abogado ABG. JORGE NOEL CONTRERAS, quien expuso: ”Visto que mi representado manifestó que ha cumplido con todas las obligaciones que le impuso el Tribunal en fecha 31 de Enero de 2007, es por lo que pido se dicte la extinción de la acción penal, de conformidad con el articulo 48 ordinal 7 del copp y el correspondiente sobreseimiento, es todo”. El Tribunal visto lo manifestado por las partes, procede a señalar los fundamentos de hecho y de derecho de la presente decisión la cual será publicada por auto separado, quedando debidamente notificadas las partes. EN CONSECUENCIA ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL N° 1 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, resuelve de la siguiente manera: PRIMERO: DECLARA LA EXTINCION DE LA ACCION PENAL, de conformidad con lo previsto en el artículo 48 ordinal 7 del Código Orgánico Procesal Penal y en consecuencia DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, de conformidad con lo previsto en el artículo 45 en concordancia con el artículo 318 ordinal 3, todos del Código Orgánico Procesal Penal, al acusado SARMIENTO ENDER MIGUEL, en el delito de RAPTO IMPROPIO, previsto y sancionado en el articulo 384 primer aparte del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana Nereida del Carmen Barboza Delgado. SEGUNDO: DECRETA LA LIBERTAD PLENA del ciudadano SARMIENTO ENDER MIGUEL, en virtud de el SOBRESIMIENTO DE LA CAUSA, por cumplimiento de la Suspensión Condicional del Proceso, en el delito de RAPTO IMPROPIO, previsto y sancionado en el articulo 384 primer aparte del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana Nereida del Carmen Barboza Delgado.
Se le dio lectura al acta, siendo así notificadas las partes y conformes firman.







ABG. LUPE FERRER ALCEDO
JUEZ PRIMERO DE CONTROL

























ABG. JOSE ENRIQUE LOPEZ OLAVES
FISCAL VIGESIMO OCTAVO DEL MINISTERIO PÚBLICO





LOPEZ CORREA HERNANDO RAUL
IMPUTADO








P.I. P.D.








ABG. CAROLINA ROJO
DEFENSORA PÚBLICA











ABG. REINALDO JOSE CHACON PACHECO
SECRETARIO







CAUSA: 1C-10330-08
2010/08/02