REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia en funciones de Control
Circuito Judicial Penal del Estado Vargas


Macuto, 23 de agosto de 2010
200º y 151º


ASUNTO PRINCIPAL : WP01-P-2005-017677
ASUNTO : WJ01-P-2005-000029



AUTO DE FUNDAMENTACIÓN DE SOBRESEIMIENTO



Finalizado como ha sido el régimen de prueba impuesto en la causa seguida en contra de la ciudadana YONDELYS DEL CARMEN DELGADO MÉNDEZ, quien dijo ser de Nacionalidad Venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-16.724.112, y con residencia en: la carretera vieja, casa Taguapire, Maiquetía, Estado Vargas, y realizada como ha sido la audiencia oral convocada conforme a lo previsto en el artículo 45 del Código Orgánico Procesal Penal, pasa este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control, de conformidad con lo previsto en el artículo 173 del Código Orgánico Procesal Penal, a fundamentar la decisión decretada según se establece a continuación:


El Ministerio Público formuló acusación en contra de la referida ciudadana, al encontrarla incursa en la comisión del delito de POSESIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico y el Consumo Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas por ser la persona que fuera aprehendida en fecha 22 de diciembre de 2005 por funcionarios adscritos a la Policía del Estado Vargas en la entrada del sector Mare abajo, incautándole un envoltorio de tamaño regular, confeccionado en material sintético de color negro y amarillo, contentivo de un polvo de color blanco de presunta droga la cual resultó ser COCAÍNA, con un peso neto de once (11) gramos, según experticia química número 9700-130-099 de fecha 5 de enero de 2006 suscrita por los expertos EUSYS SILVA y ALEXANDER TORRES, adscritos a la Dirección de Toxicología Forense del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas.

En fecha 25 de julio de 2008, se llevó a cabo el acto de audiencia preliminar en el cual, luego de haber escuchado a la imputada y a las partes este Tribunal admitió la acusación formulada por la representación fiscal y acordó suspender el proceso, previa la admisión de los hechos, conforme a lo establecido en el artículo 44 del Código Orgánico Procesal Penal, imponiéndole un régimen de prueba de un (1) año.

En el transcurso de la audiencia realizada el día de hoy y en presencia de todas las partes, éste Tribunal pudo constatar el cumplimiento de todas aquellas obligaciones que les fueron impuestas a la ciudadana YONDELYS DEL CARMEN DELGADO MÉNDEZ, como lo fueron, presentar estabilidad laboral y presentarse ante este Tribunal cada treinta (30) días, consignando al efecto constancia de copias simples del record de presentaciones cursante a los folios 107 y 108 a excepción del resultado de la experticia toxicológica, eximiéndole del cumplimiento de tal requisito por cuanto, este Juzgado libró innumerables órdenes en las cuales se comisionó como correo especial a la imputada encontrando no menor cantidad de trabas para que este Juzgado comprobase el cumplimiento de la obligación, observando como una condición favorable, su puntual asistencia a todas las audiencias fijadas por este Despacho; en consecuencia, transcurrido el régimen de prueba y vista la opinión favorable del Ministerio Público, opera como consecuencia jurídica necesaria la extinción de la acción penal en la presente siendo procedente y ajustado a derecho DECRETAR EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida por la comisión del delito de POSESIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico y el Consumo Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, de conformidad con lo establecido en el artículo 318, numeral tercero en relación los artículos 45 y 48, numeral séptimo, todos del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASÍ SE DECIDE.


DISPOSITIVA

Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida en contra de la ciudadana YONDELYS DEL CARMEN DELGADO MÉNDEZ, quien dijo ser de Nacionalidad Venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-16.724.112, y con residencia en: la carretera vieja, casa Taguapire, Maiquetía, Estado Vargas, POSESIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico y el Consumo Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, de conformidad con lo establecido en el artículo 318, numeral tercero en relación los artículos 45 y 48, numeral séptimo, todos del Código Orgánico Procesal Penal luego de haber escuchado al Ministerio Público, al haber cumplido la acusada con las obligaciones impuestas durante el régimen de prueba. Y ASÍ SE DECIDE.

Publíquese, diarícese, líbrese los respectivos oficios y déjese copia.

EL JUEZ

VÍCTOR A. YÉPEZ PINI.

LA SECRETARIA,

ABG. NATHALY RODRÍGUEZ.