REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.

JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO VARGAS.

Maiquetía, 04 de Agosto de 2010.
200° y 151°

Vista la demanda de OFERTA REAL que encabeza el presente expediente, presentado por el ciudadano: ROBERT JOSÉ RODRIGUEZ PANTOJA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.165.847, asistido por la abogada JENNEY MEDINA CEBALLOS, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 39.746, este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 819 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres y a ninguna disposición expresa en la Ley, la admite cuanto ha lugar en derecho. En consecuencia. En consecuencia, se fijan las: 10:00A.M del tercer (3º) día de Despacho siguiente al de hoy, para el traslado y constitución del Tribunal, al lugar indicado en el libelo de la demanda, a fin de practicar la Oferta Real solicitada. Cúmplase.
LA JUEZ,


Dra. SCARLET RODRIGUEZ PÉREZ. EL SECRETARIO,


Dr. JONATHAN GUILLEN.



SRP/JG/wg.
Exp. N° 1633/10.