REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS
MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA

COMISION 4788-10

En el día de hoy lunes dos (2) de agosto del año dos mil diez (2010), siendo las nueve y treinta minutos de la mañana (9:30 a.m.), de conformidad con lo acordado y a pedimento de parte, se trasladó y constituyó este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PAEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en un inmueble conformado por un local para oficina, ubicado en la avenida Guajira, Zona Industrial Norte, Sector Canchancha, Edificio DROCHICA OTC, Municipio Maracaibo del Estado Zulia, sitio señalado por el apoderado judicial de la parte actora abogado en ejercicio EDWARD URDANETA, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-7.785.780, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 60.653, a objeto de llevar a efecto la ejecución de la MEDIDA CAUTELAR DE EMBARGO decretada por el JUZGADO DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, SALA DE JUICIO-JUEZ UNIPERSONAL N° 3, con motivo del juicio que por DIVORCIO ORDINARIO, sigue el ciudadano NASSER MURYB EL CHARIF FRANCO, titular de la cédula de identidad Nro. V-11.609.450, en contra de la ciudadana ISABEL CRISTINA URDANETA FERNANDEZ, titular de la cédula de identidad Nro. V-10.919.215. Una vez constituido el Tribunal en la dirección ya indicada procede a notificar de su misión al ciudadano NASSER MURYB EL CHARIF FRANCO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-11.609.450, quien se identificó como Presidente de las diferentes Sociedades Mercantiles a embargar en este acto. En este estado presente el apoderado judicial de la parte actora abogado EDWARD URDANETA, antes identificado, expuso: “A los fines de darle cumplimiento al presente despacho señalo para ser Embargadas el cincuenta por ciento (50%) de las acciones que posee la ciudadana ISABEL CRISTINA URDANETA FERNANDEZ, plenamente identificada, en las siguientes empresas: A) DROGUERIA MI CHINITA, C.A., inscrita ante el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, de fecha 7 de septiembre de 2005, anotada bajo el No. 25, Tomo 66-A; B) INVERSIONES MI CHINITA, C.A., inscrita ante el Registro Mercantil Cuarto de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, de fecha 11 de mayo de 2005, anotada bajo el No. 10, Tomo 38-A; C) FARMACIA ELENA, C.A., inscrita ante el Registro Mercantil Quinto del Circunscripción Judicial del Estado Zulia, de fecha 2 de agosto de 2007, anotada bajo el No. 21, Tomo 89-A; D) FARMACIA ESTEFANIA C.A., inscrita ante el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, de fecha 31 de mayo de 2009, anotada bajo el No. 8, Tomo 35-A; E) FARMACIA CAMILA C.A., inscrita ante el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado, de fecha 6 de noviembre de 2008, anotada bajo el No. 50, Tomo 78-A; F) FARMACIA SARA C.A., inscrita ante el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, de fecha 25 de agosto de 2009, anotada bajo el Nro. 36, Tomo 84-A; G) MOTOS EL CHARIF C.A., inscrita ante el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, de fecha 13 de septiembre de 2006, anotada bajo el No. 2, Tomo 75-A; H) TRANSPORTE MI CHINITA C.A., inscrita ante el Registro Mercantil Cuarto de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, de fecha 6 de abril de 2006, anotada bajo el No. 26, Tomo 24-A e I) L & A PUBLICIDAD C.A., inscrita ante el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, de fecha 16 de enero de 2009, anotada bajo el No. 1, Tomo 4-A, tal como debe evidenciarse en los libros de accionistas de las referidas compañías que requiero a este Tribunal le pida al notificado sea exhibido en este acto, para que se proceda a dejar la correspondiente nota en los respectivos libros de accionista”. Acto seguido el Tribunal visto el pedimento hecho por el apoderado judicial de la parte actora abogado en ejercicio EDWARD URDANETA, requiere al notificado exhiba los libros de accionistas de la Sociedades Mercantil antes señaladas. Acto seguido el notificado, ciudadano NASSER MURYB EL CHARIF FRANCO, antes identificado, en su condición de Presidente de la Sociedades Mercantiles ut-supra identificadas, coloca a disposición del Tribunal los Libros de Accionistas de las empresas a la cual representa. Seguidamente el Tribunal teniendo a su vista el libro de accionistas de la Sociedad Mercantil DROGUERIA MI CHINITA C.A., antes identificada, procede a verificar que la parte demandada ciudadana ISABEL CRISTINA URDANETA FERNANADEZ, antes identificada, es propietaria de un total de 25.000 acciones con un valor nominal de DIEZ BOLIVARES FUERTES (Bs.F 10, oo), para un total de VEITICINCO MIL BOLIVARES FUERTES (Bs.F 25.000, 00); Seguidamente el Tribunal teniendo a su vista el libro de accionistas de la Sociedad Mercantil INERSIONES MI CHINITA C.A., antes identificada, procede a verificar que la parte demandada ciudadana ISABEL CRISTINA URDANETA FERNANADEZ, antes identificada, es propietaria de un total de 1000 acciones con un valor nominal de CINCUENTA BOLIVARES FUERTES (BsF. 50, oo), para un total de CINCUENTA MIL BOLIVARES FUERTES (Bs. 50.000, 00); Seguidamente el Tribunal teniendo a su vista el libro de accionistas de la Sociedad Mercantil FARMACIA ELENA C.A., antes identificada, procede a verificar que la parte demandada ciudadana ISABEL CRISTINA URDANETA FERNANADEZ, antes identificada, es propietaria de un total de 90.000 acciones con un valor nominal de UN BOLIVAR FUERTE (BsF. 1, oo), para un total de NOVENTA MIL BOLIVARES FUERTES (Bs. 90.000, 00); Seguidamente el Tribunal teniendo a su vista el libro de accionistas de la Sociedad Mercantil FARMACIA ESTEFANIA C.A., antes identificada, procede a verificar que la parte demandada ciudadana ISABEL CRISTINA URDANETA FERNANADEZ, antes identificada, es propietaria de un total de 10 acciones con un valor nominal de MIL BOLIVARES FUERTES (BsF. 1.000, oo), para un total de DIEZ MIL BOLIVARES FUERTES (Bs. 10.000, 00); Seguidamente el Tribunal teniendo a su vista el libro de accionistas de la Sociedad Mercantil FARMACIA CAMILA C.A., antes identificada, procede a verificar que la parte demandada ciudadana ISABEL CRISTINA URDANETA FERNANADEZ, antes identificada, es propietaria de un total de 20 acciones con un valor nominal de MIL BOLIVARES FUERTES (BsF. 1000, oo), para un total de VEINTE MIL BOLIVARES FUERTES (Bs.20.000, 00); Seguidamente el Tribunal teniendo a su vista el libro de accionistas de la Sociedad Mercantil FARMACIA SARA C.A., antes identificada, procede a verificar que la parte demandada ciudadana ISABEL CRISTINA URDANETA FERNANADEZ, antes identificada, es propietaria de un total de 50 acciones con un valor nominal de MIL BOLIVARES FUERTES (BsF. 1000, oo), para un total de CINCUENTA MIL BOLIVARES FUERTES (Bs.50.000, 00); Seguidamente el Tribunal teniendo a su vista el libro de accionistas de la Sociedad Mercantil MOTOS EL CHARIF C.A., antes identificada, procede a verificar que la parte demandada ciudadana ISABEL CRISTINA URDANETA FERNANADEZ, antes identificada, es propietaria de un total de 4.000 acciones con un valor nominal de DIEZ BOLIVARES FUERTES (BsF. 10, oo), para un total de CUARENTA MIL BOLIVARES FUERTES (BsF. 40.000, 00); Seguidamente el Tribunal teniendo a su vista el libro de accionistas de la Sociedad Mercantil TRANSPORTE MI CHINITA C.A., antes identificada, procede a verificar que la parte demandada ciudadana ISABEL CRISTINA URDANETA FERNANADEZ, antes identificada, es propietaria de un total de 600 acciones con un valor nominal de DIEZ BOLIVARES FUERTES (BsF. 10, oo), para un total de SEIS MIL BOLIVARES FUERTES (Bs.6.000, 00); Seguidamente el Tribunal teniendo a su vista el libro de accionistas de la Sociedad Mercantil L & A PUBLICIDAD C.A., antes identificada, procede a verificar que la parte demandada ciudadana ISABEL CRISTINA URDANETA FERNANADEZ, antes identificada, es propietaria de un total de 10.000 acciones con un valor nominal de UN BOLIVAR FUERTE (BsF. 1, oo), para un total de DIEZ MIL BOLIVARES FUERTES (BsF.10.000, 00); Este JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, PÁEZ Y ALMIRANTE PADILLA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, dándole cumplimiento a la presente comisión, en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, declara formalmente EMBARGADAS el cincuenta por ciento (50%) de las acciones propiedad de la parte demandada ciudadana ISABEL CRISTINA URDANETA FERNANDEZ, antes identificada, las cuales forman parte del capital de las Sociedades Mercantiles A) DROGUERIA MI CHINITA C.A.; B) INERSIONES MI CHINITA C.A.; C) FARMACIA ELENA C.A.; D) FARMACIA ESTEFANIA C.A.; E) FARMACIA CAMILA C.A.; F) FARMACIA SARA C.A.; G) MOTOS EL CHARIF C.A.; H) TRANSPORTE MI CHINITA C.A.; I) L & A PUBLICIDAD C.A., antes identificadas. EL Tribunal procede en este acto a estampar las correspondientes notas en los libros de accionistas de las empresas antes señalizadas. Por último se ordena notificar mediante oficio a los Registros Mercantiles correspondientes, a los fines de notificarle de la presente ejecución. En este estado presente el apoderado judicial de la parte actora abogado en ejercicio EDWARD URDANETA, antes identificado, expuso: “En virtud que el libro de accionista de la Sociedad Mercantil FARMACIA GOAJIRA, se encuentra en una dirección distinta de donde se encuentra constituido este Tribunal, solicito se traslade a la dirección que señalare a los fines de darle continuidad a la presente medida”. En este estado el Tribunal ordena su traslado a la dirección que señalará la parte actora a los fines de dar continuidad a la presente medida. Finalmente, el Tribunal hace constar que no ha recibido ni exigido pago alguno, emolumentos, tasas ni dádivas en el cumplimiento de la presente comisión, y así lo hacen constar las partes firmantes e intervinientes en este acto, ello en cumplimiento de los artículos 26 y 254 de la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, que consagra la gratuidad de la justicia. Es todo, terminó se leyó y conformes firman, siendo las doce y veinte minutos de la tarde (11:20 p.m.), del día hoy.
LA JUEZ,


DRA. MARTHA ELENA QUIVERA.-
EL NOTIFICADO–PRESIDENTE EL APODERADO JUDICIAL
DE LA PARTE ACTORA




EL SECRETARIO TEMPORAL


ABOG. LEONEL CASTELLANOS D’ BOURG