REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO

Exp. 40.027/ymf.-




JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA

Maracaibo, 13 de agosto de 2010.
200° y 151°

Vista la anterior diligencia de fecha 12 del presente mes y año, suscrita por el abogado en o. 117.294 y de este domicilio, actuando con el carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil ARROCERA MARACAIBO, S.A., (ARROMASA), parte demandada en el presente juicio y plenamente identificada en actas, donde solicita a este Tribunal, que en virtud de la sentencia dictada en fecha 12 de agosto de 2010, en la cual se declaró homologado el desistimiento de la acción presentada por la parte actora, sociedad mercantil LLOREDA, S.A., y por cuanto se ha terminado con el presente proceso, en tal sentido sean suspendidas las medidas decretada sobre los inmuebles especificados en los folios Nos.279 y 280 que rielan en el presente expediente. Ahora bien, luego del análisis realizado a las actas procesales que integran la presente causa, consta esta operadora de justicia que en la fecha anteriormente señalada, se dictó sentencia en la cual se homologó el desistimiento de la acción realizada por la parte demandante, de conformidad con lo preceptuado en los artículos 263 y 525 del Código de Procedimiento Civil, otorgándole el carácter de cosa juzgada, en consecuencia este Órgano Jurisdiccional acuerda proveer de conformidad con lo solicitado, y en tal sentido ordena oficiar al Registrador Inmobiliario del Tercer Circuito del Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, a los fines de participarle lo anteriormente explanado. Líbrese oficio.-
LA JUEZA

Abog. HELEN NAVA DE URDANETA (MSc)
LA SECRETARIA

Abog. LAURIBEL RONDON ROMERO
En la misma fecha se libro oficio No.1.326-2010, quedando anotado bajo el N°. 2.724-2010.--
LA SECRETARIA,