REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CÁRDENAS GUASIMOS Y ANDRÉS BELLO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CÁRDENAS, GUÁSIMOS Y ANDRÉS BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA.
200º y 151°
PARTE DEMANDANTE: LINA TERESA ARELLANO DE RAMÍREZ, SERGIO ANTONIO RAMÍREZ ARELLANO, ANA TERESA RAMÍREZ DE SÁNCHEZ, JOSÉ APARICIO, MARISOL, JAVIER ARMANDO y SANDRO ALEXANDER RAMÍREZ ARELLANO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N°s V-1.555.126, V-5.028.541, V-5.650.857, V-5.666.208, V-5.688.194, V-10.149.154 y V-11.494.831, domiciliados en el Municipio Cárdenas y hábiles.

ABOGADO APODERADO PARTE DEMANDANTE: LUIS ORLANDO RAMÍREZ CARRERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-1.557.291 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 6.107.

PARTE DEMANDADA: MARÍA EUGENIA GELVEZ LEAL, extranjera, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. E-81.824.446 y hábil.

MOTIVO: DESALOJO.

EXPEDIENTE N° 6057-2010.

Por cuanto se observa que en la presente causa ha transcurrido más de treinta (30) días de inactividad procesal, desde su admisión el 08-07-2010, sin que la parte demandante impulsara la citación, este Juzgado Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el Artículo 269 en concordancia con el ordinal 1° del Artículo 267 ambos del Código de Procedimiento Civil, y lo señalado en la sentencia de fecha 06 de Julio del 2004, de la Sala de Casación Civil, del Tribunal Supremo de Justicia, con ponencia del Magistrado CARLOS OBERTO VELEZ, DECLARA LA PERENCION DE LA INSTANCIA en la presente causa. Así se decide.

Igualmente, se acuerda el desglose de los originales que acompañan el libelo y en su lugar dejar copia certificada. Archívese el expediente y remítase al Archivo Judicial, en su oportunidad correspondiente.
Regístrese, publíquese y déjese copia para el archivo del Tribunal.
Dada, sellada, firmada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en Táriba, al Primer día del mes de Diciembre de dos mil diez. Años 200º de la Independencia y 151º de la Federación.
LA JUEZ TITULAR,
ABG. LUISA MEDINA
LA SECRETARIA,
ABG. MARISOL MALDONADO

En la misma fecha y hora se publica la anterior sentencia interlocutoria, dejándose copia para el archivo del Tribunal. Se hizo el desglose acordado.
La Secretaria,

ABG. MARISOL MALDONADO
/Nidelys

La Juez Titular, (fdo) Abg. Luisa Medina. La Secretaria, (fdo) Abg. Marisol Maldonado. Hay sello húmedo del Tribunal. La Suscrita Secretaria, del Juzgado de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, certifica la exactitud de la presente copia por ser traslado fiel y exacto de su original que se encuentra en el expediente Nº 6057-2010 en el cual el abogado Luis Orlando Ramírez, apoderado de Lina Teresa Arellano de Ramirez y otros demandan a María Eugenia Gelvez Leal por DESALOJO. Táriba, Primero (01) de Diciembre de 2010.
LA SECRETARIA,


Abg. MARISOL MALDONADO
/Nidelys