REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL, TORBES, CARDENAS, GUASIMOS, FERNANDO FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO

San Cristóbal, Estado Táchira, Martes 07 de Diciembre de 2010, siendo las 9:0 de la mañana, se trasladó y Constituyó este Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal, Tórbes, Cárdenas, Guásimos, Fernández Feo, Libertador y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, junto con los ciudadanos Delcy Yaneth Guerrero de Urdaneta, Félix Augusto Urdaneta Sánchez, titulares de las cédulas de identidad números V- 9.230925 y V- 16.779.075, se encuentra presente igualmente la Abogado Iraima del Valle Matos Duque, titular de la cédula de identidad N° V- 11.497.498, Defensora Pública N° 7; en un inmueble ubicado en la Séptima Avenida entre calles 6 y 7, donde funciona el Centro Comercial La Princesa; a fin de llevar a cabo la medida de Entrega de Inmueble, decretada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Protección del Niño y del Adolescente de ésta Circunscripción Judicial, demanda incoada por Delcy Yaneth Guerrero de Urdaneta y otros contra los ciudadanos Luis Velásquez Bustamante y Carmen Velásquez Bustamante, Expediente N° 59187, Cumplimiento de Contrato. Se hizo acompañar el Tribunal por el Cabo I Víctor Angaríta, placa 305 y una comisión Adscrita a la Brigada de Orden Público, dirigida por el Sargento Segundo, Fernández Gonzalo, placa 783. Así mismo se encuentra presente la ciudadana Alejandra Martínez Mora, titular de la cédula de identidad N° V- 20.121.789, designada como Perito, para el presente acto. Encontrándose constituido en la parte externa del inmueble por cuanto las santamarías se encuentra cerradas, se aprecia una ciudadana que se identificó como Hilda María Galvis Silva, titular de la cédula de identidad N° V- 12.954.809, quien le manifestó al ciudadano Juez, que ella era ocupante de uno de los locales, a quien el ciudadano Juez le notificó de la misión y objeto del Tribunal, permitiendo el acceso del Tribunal al Inmueble. Encontrándonos todos dentro del inmueble, se hacen presentes, la ciudadana Branna Ayarrenier Urdaneta Guerrero, titular de la cédula de identidad N° V- 19.976.167; así como el apoderado Judicial de parte de los ejecutantes, Abogado Hernando Valencia Jaramillo, titular de la cédula de identidad N° V- 3.525.915 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 31.021. Así mismo se encuentra presente el Abogado Víctor Manuel Álvarez Martínez, titular de la cédula de identidad N° V- 9.147.176 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 35.311. Siendo las 10:20 de la mañana, se hizo presente el ciudadano Luis Adolfo Velásquez Bustamante, titular de la cédula de identidad N° V- 10.147.665, demandado de autos, quien fue notificado del objeto y misión del Tribunal. En este estado el Abogado Actor Hernando Valencia, con el carácter acreditado en autos, solicita al ciudadano Juez, se proceda a llevar a cabo la Entrega del Inmueble, objeto de la Comisión y por cuanto dentro del mismo se aprecian algunos mini locales cerrados, solicito se designe cerrajero para la apertura de los mismos, una vez abiertos y verificados que se encuentran desocupados, libres de personas y bienes, se nos haga entrega de los mismos, previo informe que se levante por la Perito, a fin de que quede constancia en el acto del estado del inmueble. En este estado el ciudadano Luis Adolfo Velásquez Bustamante, demandado de autos, quien se encuentra debidamente asistido por el Abogado Víctor Manuel Álvarez, expone: Manifiesto al ciudadano Juez, que yo ocupaba el Local que se encuentra hacia el lado Sur del Local y que tiene su acceso por la Avenida Séptima, hago entrega del mismo totalmente desocupado y manifiesto que los daños ocasionados en el resto del Local fueron ocasionados por los Subarrendarios, es todo. Siendo las 10:40 de la mañana, se hizo presente, la ciudadana Isis Mayolet Sánchez Guerrero, titular de la cédula de identidad N° V- 5.736.156, quien forma parte de los ejecutantes. En este estado, el ciudadano Juez, visto lo solicitado por el Apoderado Actor, designa como cerrajero al ciudadano Rodolfo Enrrique Escobar Flores, titular de la cédula de identidad N° V- 19.134.764, quien estando presente acepta el cargo y procede a la apertura de los mini locales cerrados, así como de la Santamaría principal que da acceso a todo el local. Encontrándose abierto todos los locales, el ciudadano Juez, expone: Se aprecia que todos los mini locales se encuentran totalmente desocupados, libre de personas, bienes y mercancía; por lo que antes de hacer entrega real y efectiva del inmueble, le ordena a la Perito rinda el informe respectivo. Seguidamente la Perito expone: El inmueble se trata de un local constituido todo en concreto, en su entrada posee portones tipo Santamaría, color azul, pisos en parte granito y en parte cerámica, techos de cielo razo, sobre estructuras metálicas, los cuales se encuentran completamente deteriorados (dañados), el local posee un baño, revestido en cerámica, que se encuentra completamente partida y no posee ninguno de sus accesorios. Se encuentra dividido en 29 mini locales comerciales, los cuales poseen cada uno, una Santamaría en su entrada, con pisos en cerámica tipo granito y techos de cielo razo en mal estado; el local general además posee una mezzanina construida con estructura metálica, pisos de cerámica, paredes en compuesto de madera y otros materiales con rejas metálicas color negro y techos en las minas de zinc, los cuales se encuentran deteriorados. La mezzanina posee un local para deposito, un baño, todo revestido en cerámica la cual se encuentra partida, una cocina toda revestida en cerámica deteriorada, se aprecian partes de ellas quemadas, un mesón con tope de cerámica. En general el local se encuentra en muy mal estado de mantenimiento y conservación. Las instalaciones eléctricas son externas y se aprecian en mal estado. Se aprecia también toda clase de desechos y basura, así como la pintura se aprecia en mal estado. Solicito se me conceda un lapso de tres (03) días de despacho para consignar el soporte fotográfico. Seguidamente el ciudadano Luis Adolfo Velásquez Bustamante debidamente asistido por el Abogado Víctor Álvarez Martínez, quien expuso: visto que el inmueble se encuentra totalmente desocupado, hago entrega en este acto del Local Comercial objeto de la Medida, signado con los números 6-44 y 6-48, a la parte actora. En este estado el ciudadano Juez hace entrega real y efectiva a la parte actora, del local comercial signado con el N° 6-44 y 6-48. Seguidamente el Abogado Hernando Valencia expone: En mi carácter de Apoderado Judicial de los ciudadanos Alfredo Antonio Urdaneta Molina, Iris Maryolet Sánchez Guerrero y Félix Augusto Urdaneta Sánchez; así como Abogado asistente de los ciudadanos Delcy Yaneth Guerrero, Delcy Omaireth Urdaneta Guerrero, Jesús Augusto Urdaneta Guerrero en su nombre, manifiesto que recibo conforme. Así mismo la Abogado Iraima del Valle Matos Duque, en mi condición de Defensora Pública y en representación de la ciudadana Branna Ayarreinier Urdaneta Guerrero, igualmente manifiesto que en su nombre, recibo conforme. Se le concede a la Perito el plazo solicitado para que consigne el soporte fotográfico. No siendo otro el objeto del Tribunal, se da por terminado el acto, siendo las 11:55 de la mañana, regresando a la sede natural del Tribunal. Leída el acta, conformes firman, excepto el ciudadano Luis Adolfo Velásquez, quien se negó a firmar. Dr. Félix Antonio Matos. Juez Titular. (Fdo). Lugar del Sello. Hilda María Galvis Silva. Notificada. (Fdo). Luis Adolfo Velásquez Bustamante. Demandado – Notificado. (Se negó a firmar). Rodolfo Enrrique Escobar Flores. Cerrajero. (Fdo). Delcy Yaneth Guerrero Urdaneta. Parte Actora. (Fdo). Isis Maryolet Sánchez Guerrero. Parte Actora. (Fdo). Félix Augusto Urdaneta Sánchez. Parte Actora. (Fdo). Branna Ayarrenier Urdaneta Guerrero. Parte Actora. (Fdo). Abogado Hernando Valencia Jaramillo. Apoderado Actor. (Fdo). Abogado Iraima del V. Matos Duque. Defensora Pública N° 7. (Fdo). Abogado Víctor Manuel Álvarez Martínez. Abogado Asistente del Demandado y de la Ocupante Notificada. (Fdo). Alejandra Martínez Mora. Perito. (Fdo). Cabo I Víctor Angaríta. Funcionario de Politáchira. (Fdo). Sargento II González Fernández. Brigada de Orden Público. (Fdo). Abg. Carmen B. Moreno Pérez. Secretaria. (Fdo).