REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Ejecución del Estado Vargas
Macuto, 3 de Diciembre de 2010
200º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL : WP01-P-2008-002843
ASUNTO : WP01-P-2008-002843

Compete a este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución de este Circuito Judicial Penal, emitir pronunciamiento en la presente causa seguida en contra del ciudadano ANYEL JESUS PEROZO MONASTERIOS, titular de la cédula de identidad Nro. 16.508.603, quien es de nacionalidad venezolana, natural de la Guaira, nacido en fecha 11-07-1983, de estado soltero, de profesión u oficio obrero, residenciado en La Avenida Soublette, Urbanización 10 de Marzo, Residencias Vista al Mar, piso 16, apartamento 02, Maiquetía, estado Vargas, contra quien se llevó juicio por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACIÒN, previsto y sancionado en el articulo 458 y 80 ambos del Código Penal.

En este sentido este Tribunal previamente observa:

Cursa a los folios 46 al 70 de la quinta pieza, sentencia dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Juicio del Estado Vargas, de fecha 01-11-2010 mediante la cual ABSUELVE al ciudadano ANYEL JESUS PEROZO MONASTERIOS, de los cargos formulados en su contra por la Fiscal Segunda del Ministerio Público de este Estado, por la comisión del delito ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACIÒN, previsto y sancionado en el articulo 458 y 80 ambos del Código Penal. Pronunciamiento que fue declarado definitivamente firme por el citado Tribunal, mediante auto de fecha 17-11-2010
Así las cosas, este Tribunal de Ejecución estima procedente y ajustado a derecho decretar la LIBERTAD PLENA, del mencionado ciudadano y ORDENAR excluir de pantalla cualquier registro que presente en relación a este causa. Y ASI SE DECIDE.-

DISPOSITIVA

En base a lo anteriormente expuesto este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD PLENA del ciudadano ANYEL JESUS PEROZO MONASTERIOS, titular de la cédula de identidad Nro. 16.508.603, quien es de nacionalidad venezolana, natural de la Guaira, nacido en fecha 11-07-1983, de estado soltero, de profesión u oficio obrero, residenciado en La Avenida Soublette, Urbanización 10 de Marzo, Residencias Vista al Mar, piso 16, apartamento 02, Maiquetía, estado Vargas, en virtud de haberse dictado sentencia absolutoria a su favor, en fecha 01-11-2010 de la imputación efectuada en su contra por el Ministerio Público, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACIÒN, previsto y sancionado en el articulo 458 y 80 ambos del Código Penal.
Regístrese, Diarícese, publíquese, déjese copia en archivo y notifíquese la presente decisión. Líbrese oficio a la Consultoría Jurídica de Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, ordenando la exclusión de los registros que por este hecho pueda presentar el ciudadano ANYEL JESUS PEROZO MONASTERIOS.
LA JUEZ,


ABG. ANA FERNANDES

LA SECRETARIA,


ABG. FREYSELA GARCIA