REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
Maiquetía, 08 de Diciembre de 2010.
200° y 151°
Vista la anterior solicitud presentada por los ciudadanos: YOBALDO MARCELINO DELGADO AZUAJE y VERUSKA DE ABREU MOREIRA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, cónyuges y titulares de las cédulas de identidad Nros: V-14.446.527 y V-13.827.149, respectivamente, debidamente asistidos por el abogado ALINZO JOSE DELGADO AZUAJE, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 117.081, no es contrario al orden público, a las buenas costumbres ni a ninguna disposición expresa de la ley este Tribunal la admite. Se ordena la citación del Representante del Ministerio Público de ésta misma Circunscripción Judicial, para que comparezca por ante éste Tribunal dentro de los diez (10) días de Despacho siguientes a su citación, a exponer lo que estime pertinente en relación al referido escrito solicitud, cuya copia certificada se le anexará a la Boleta de Citación, todo de conformidad con lo previsto en el Artículo 185-A del Código Civil. Expídase por Secretaría copia certificada del aludido escrito solicitud, y con la respectiva Boleta conforme a lo previsto en el Artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, la referida boleta se librará una vez conste en autos la consignación de los fotostatos correspondientes.-
LA JUEZ

NAHIROBY C. BOSCAN P.
LA SECRETARIA


ELIA GONZALEZ



NCBP/Eg/David
Exp. Nº 1482-10