REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA

Años 200° y 151°

ASUNTO Nº SP01-L-2010-000427

PARTE DEMANDANTE: ARELYS SAMIR DIAZ MARQUINA, identificado con la cédula Nro. V-9.365.404.

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: EDUARDO CESPEDES Y JESUS ARMANDO COLMENARES, inscritos en el I.P.S.A. bajo los Nros.136.876 y 74.418.

PARTE DEMANDADA: PEDRO LOPEZ BARAJAS, identificado con la cédula Nro.V-9.229.771.

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: BELKIS CENOBIA CARRERO GONZALES, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro.31.112.

MOTIVO: Cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales.

En el día de hoy, (20) de diciembre de 2010, siendo las 10:00 de la mañana, , se hizo presente en las sede del Tribunal, la parte actora ciudadano ARELYS SAMIR DIAZ MARQUINA, identificado con la cédula Nro. V-9.365.404, asistido por el abogado JESUS ARMANDO COLMENARES, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro. 74.418 y por la parte demandada, se hizo presente la apoderada judicial abogada BELKIS CENOBIA CARRERO GONZALES, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nro.31.112, quienes solicitaron al Tribunal se adelante la audiencia preliminar, a los fines de hacer uso de los medios alternos de resolución de conflictos y el Tribunal acordó de conformidad con los solicitado celebrando la audiencia en este mismo acto: Seguidamente la parte demandada ofrece a la parte actora la suma de SIETE MIL BOLIVARES (Bs.7.000,oo) pagaderos en este acto mediante cheque Nro.56000098 contra la cuenta corriente nro.01470058711000289301, contra el Banco BANORTE. Por su lado la parte actora acepta la propuesta formulada y declara que no tiene nada más que reclamar por el objeto del presente juicio. Luego el Tribunal visto el acuerdo realizado LO HOMOLOGA y le otorga el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada de conformidad con el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Ambas partes reciben las pruebas promovidas. Es todo, terminó, se leyó y firman.
La Juez,

Abog. Ana Mercedes Mora Rivas
La Parte Actora. La Parte Demandada,


La Secretaria,