JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO, BANCARIO Y DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, 21 de enero de 2010.
199º y 150º
Vista la diligencia de fecha 22 de enero de 2009, suscrita por el ciudadano Ramón Darío Guerrero parte demandante, asistido por el abogado José Lucio González, mediante la cual desiste del procedimiento y de la acción en el juicio por cobro de bolívares vía intimación, contra el ciudadano Luís Roman Albarrán Pérez; este Tribunal Superior de conformidad con lo dispuesto en el artículo 263 del Código de procedimiento Civil da por consumado el acto de desistimiento efectuado y acuerda darle el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada; todo lo cual decide este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada conforme lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, bájese el presente expediente. Líbrese oficio.
La Jueza Titular,
Ana Yldikó Casanova Rosales
El Secretario,
Antonio Mazuera Arias
En la misma fecha, siendo diez y treinta minutos de la mañana (10:30 a.m) se público la anterior decisión y se dejó copia fotostática certificada de la misma para el archivo del Tribunal.
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Exp. Nº 6481
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