JUZGADO DEL MUNICIPIO BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Antonio, 26 de enero de 2010.
199º y 150º
Vista la Conciliación suscrita por ante la Defensoría Educativa Rural del Niño y del Adolescente del Municipio Bolívar, Estado Táchira, en fecha 20 de enero de 2010, inserta a los folios 1 al 3, del expediente N° 2382-2010 por Obligación de Manutención, entre los ciudadanos LUIS ALEXANDER CUADROS CERPA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.783.698 y SANDRA MILENA PRIETO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-15.774.651, a favor de los niños (se omite el nombre), y por cuánto la misma no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Juzgado del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte HOMOLOGACIÓN al convenimiento conforme a lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Notifíquese a la Fiscalía del Ministerio Público Especializada para la Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial. Se acuerda oficiar al Banco Bicentenario a los fines de aperturar cuenta de ahorros. Cúmplase.
El Juez Titular,


Abg. Pedro Antonio Gafaro Pernía


El Secretario Temporal,


Abg. Víctor Manuel Andrade García


En la misma fecha se libro boleta de notificación al Fiscal y se oficio bajo el N° 3130-059.

El Srio. Temp.,


Exp N° 2382-2010
PAGP/jacs