REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
CAUSA PENAL 6C-10.610-13
REF. AUTO QUE DECRETA SOBRESEIMIENTO
Visto el escrito presentado por la Fiscal Sexto del Ministerio Público ABG. JESUS ALBERTO SUTHERLAND; mediante la cual solicita el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor de los ciudadanos FREN ANTONIO DEPABLOS TORRES, venezolano, natural de Capacho, Estado Táchira, nacido el 13-06-1952, de 48 años de edad, soltero chofer, residenciado en la casa Nº A-78, vía a San Antonio, Capacho Libertad, con cedula de identidad Nº V-5.028-224, y JESUS ANTONIO RAMIREZ MACHADO, colombiano, nacido el día 27-09-1959, de 41 años de edad, casado, de profesión u oficio albañil, residenciado en la casa de sin numero, calle principal, sector 3, los quiroces, capacho libertad, con cedula extranjera, Nº E-81.820.796, de conformidad con lo establecido en los artículos 318 ordinal 3º y 108 ordinal 7° del Código Orgánico Procesal Penal y 48 ordinal 8º de la Ley Orgánica del Ministerio Publico. Este Tribunal para decidir observa:
De la revisión efectuada a todas y cada una de las actuaciones que conforman la presente causa, se evidencia que el hecho que dio origen a la presente averiguación, lo constituye el delito de PORTE ILICITO DE ARMA BLANCA, previsto y sancionado en el articulo 278 deL Código (REFORMADO), Y DE LESIONES PERSONLAES INTENCIONALES GENERICAS RECIPROCAS, previsto y sancionado en el articulo 415 del Código Penal. Hecho Ocurrido En Fecha: 17-02-2001, de lo cual se observa que hasta la fecha de la presentación de la referida solicitud, a saber 15-01-2010 transcurrido un tiempo de OCHO (08) AÑOS, DIEZ (10) MESES Y VENTIOCHO (28) DIAS, siendo en consecuencia, procedente la solicitud Fiscal por encontrarse ajustada a derecho y este Tribunal procede a decretar el Sobreseimiento de la causa, conforme a lo establecido en el artículo 108 ordinal 4° del Código Penal y articulo 318 ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal, Y ASI SE DECIDE.-
Por todo lo anteriormente expuesto, éste JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, RESUELVE:
UNICO: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor de FREN ANTONIO DEPABLOS TORRES Y JESUS ANTONIO RAMIREZ MACHADO , por el delito de PORTE ILICITO DE ARMA BLANCA, previsto y sancionado en el articulo 278 deL Código Penal, y LESIONES PERSONALES INTENCIONALES GENERICAS RECIPROCAS, previsto y sancionado en el articulo 415 del Código Penal, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 108 ordinal 4° del Código Penal y articulo 318 ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 108 ordinal 7° Ejusdem. Notifíquese de la presente decisión y remítanse las actuaciones al Archivo Judicial.-
ABG. LUIS ALBERTO HERNANDEZ CONTRERAS
JUEZ SEXTO DE CONTROL
ABG. MARBI CÁCERES
SECRETARIA
Causa Penal: 6C-10.610-10
Inv. Fiscal: 20-F06-183-01
LAHC.-