REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, 18 de Enero de 2010
199° y 150°
Visto el escrito de solicitud de TITULO SUPLETORIO que encabeza éstas actuaciones, presentado personalmente por el ciudadano: JUAN MANUEL FLORES GUTIERREZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-2.958.573, asistido por el abogado ALEJANDRO TINEO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 6.244, así como los recaudos que lo acompañan, copia del documento de compra – venta autenticado por ante el Registro Publico del Segundo Circuito Municipio Vargas del Estado Vargas, de fecha 17 de julio de 2008, bajo en N° 2008.96, Asiento Registral 1 del Inmueble matriculado con el No. 456.24.1.4.37, y correspondiente al libro de folio Real del año 2.008, copia del acta de Matrimonio de los ciudadanos Juan Manuel Flores Gutiérrez y Dolores Migdalia Gomez Espinoza, Copia de la Sentencia de Reivindicación debidamente autenticado por ante el Registro Inmobiliario del Segundo Circuito del Municipio Vargas del Estado Vargas, quedando anotado bajo el numero 50, Protocolo Primero (1), Tomo Trece (13) Trimestre Segundo (2) del año 2005, Copia del Título Supletorio evacuado por ante el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Transito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Municipio Vargas (hoy Estado Vargas) copia del documento registrado antes la Oficina Subalterna de Registro del Departamento Vargas del Distrito Federal en fecha 23 de agosto de mil novecientos sesenta y uno (1961) bajo el N° 42, Tomo 5, folios 113, Protocolo Primero, este Tribunal lo admite en cuanto ha lugar en derecho y por cuanto el Decreto Régimen Sobre Autorización de Operaciones de Enajenación, Disposición y Afectación de Terrenos Ejidos, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 36.902, de fecha 29 de febrero de 2000, mediante el cual en su único aparte del Artículo 1°, establece textualmente lo siguiente:
“No requerirán de la Autorización indicada las operaciones relativas a las bienhechurias propiedad de particulares construidas o levantadas sobre terrenos municipales, si el Título originario de adquisición de los derechos es anterior al Decreto de fecha treinta de agosto de mil novecientos noventa y nueve, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela número 36.776, sobre Regulación de las Funciones del Poder Legislativo”.
Este Tribunal observa, que los documentos que acompañan a la solicitud son: copia del documento de compra – venta autenticado por ante el Registro Publico del Segundo Circuito Municipio Vargas del Estado Vargas, de fecha 17 de julio de 2008, bajo en N° 2008.96, Asiento Registral 1 del Inmueble matriculado con el No. 456.24.1.4.37, y correspondiente al libro de folio Real del año 2.008, copia del acta de Matrimonio de los ciudadanos Juan Manuel Flores Gutiérrez y Dolores Migdalia Gomez Espinoza, Copia de la Sentencia de Reivindicación debidamente autenticado por ante el Registro Inmobiliario del Segundo Circuito del Municipio Vargas del Estado Vargas, quedando anotado bajo el numero 50, Protocolo Primero (1), Tomo Trece (13) Trimestre Segundo (2) del año 2005, Copia del Título Supletorio evacuado por ante el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Transito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Municipio Vargas (hoy Estado Vargas) copia del documento registrado antes la Oficina Subalterna de Registro del Departamento Vargas del Distrito Federal en fecha 23 de agosto de mil novecientos sesenta y uno (1961) bajo el N° 42, Tomo 5, folios 113, Protocolo Primero. En consecuencia, se ordena examinar como testigos a dos (02) personas, quienes serán evacuadas en la oportunidad que de acuerdo a la capacidad del tiempo de Despacho sea disponible en este Juzgado.
LA JUEZ,

NAHIROBY C. BOSCAN P
LA SECRETARIA

ELIA GONZALEZ


NCBP/Eg/David
Solicitud Nº 2117-10