REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE:
EL JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO VARGAS

EXPEDIENTE N°: 1403/09.

SOLICITANTE: MARBELLA JOSEFINA LOZADA COLMENARES.
MOTIVO: RECTIFICACION DE ACTA DE NACIMIENTO.

Vista la solicitud presentada por la ciudadana MARBELLA JOSEFINA LOZADA COLMENARES, venezolana, mayor de edad, de éste domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° 6.471.180, debidamente asistida por la Dra. CARMEN CASTILLO, Abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 35.890, mediante la cual solicita la RECTIFICACION DE SU ACTA DE NACIMIENTO que corre inserta bajo el Acta Nº 174, Folio 89, de los libros de Registro Civil para Nacimientos, llevados por la Jefatura Civil de la Parroquia Macuto del Municipio Vargas del Estado Vargas, durante el Año 1965, por adolecer del siguiente error:
1. Se señaló que en la partida de nacimiento de su persona se mencionada a su madre como CARMEN ESTILITA DE LOZADA, sin señalar el apellido paterno de su madre.
2. Señaló que en la partida de nacimiento de la ciudadana CARMEN ESTILITA DE LOZADA que corre inserta bajo el Acta Nº 182, folio 182, de los libros de Registro Civil para Nacimientos, expedida por la Coordinadora del Registro Civil de la Alcaldía del Municipio Heres del Estado Bolívar, en fecha 23/03/2009, del Libro 1, del Registro Civil de Nacimientos llevado por la Jefatura Civil del Municipio Heres del Estado Bolívar, que el nombre de su madre y el apellido paterno de dicha ciudadana CARMEN ESTILITA COLMENARES.-
El Tribunal, previa consignación de los recaudos respectivos, admitió la solicitud en fecha 20/11/09 y de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 132 del Código de Procedimiento Civil, ordenó la notificación de la Representante del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, la cual fue practicada por el Alguacil del Tribunal, tal como consta a los folios 16 y 17 del Expediente.
El Tribunal, vistos los documentos públicos consignados por la solicitante, como lo son:
1. Copia Certificada del Acta Nº 174, Folio 89, de los libros de Registro Civil para Nacimientos, llevados por la Jefatura Civil de la Parroquia Macuto del Municipio Vargas del Estado Vargas, durante el Año 1965, de la ciudadana MARBELLA JOSEFINA LOZADA COLMENARES, expedida em fecha 12/05/2009, folio 6
2. Oficio librado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil, Mercantil, Agrario y Transito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en fecha 18/03/09, y copia certificada de la sentencia dictada por ese Tribunal.-
3. Copia Certificada del Acta Nº 182, folio 182, de los libros de Registro civil para Nacimientos, expedida por la Coordinadora del Registro Civil de la Alcaldía del Municipio Heres del Estado Bolívar, en fecha 23/03/2009, del Libro 1, del Registro Civil de Nacimientos llevado por la Jefatura Civil del Municipio Heres del Estado Bolívar, que el nombre de su madre y el apellido paterno de dicha ciudadana CARMEN ESTILITA COLMENARES.-
De los cuales se evidencia claramente lo alegado para la rectificación del acta de nacimiento solicitada, y cumplidos como han sido los parámetros establecidos en la Ley, declara que resulta procedente llevar a las actas la veracidad de las menciones que deben contener. Y así se decide.
En consecuencia, éste Juzgado de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 501 del Código Civil, 773 y 389 Ordinal 1° del Código de Procedimiento Civil, declara que los puntos sobre los cuales versa la solicitud son de MERO DERECHO y por lo tanto debe sustanciarse y decidirse en FORMA SUMARIA con los elementos de autos. Y así se declara.
Por las razones expuestas, éste Tribunal Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la Rectificación del Acta de Nacimiento de la ciudadana: MARBELLA JOSEFINA LOZADA COLMENARES, la cual corre inserta bajo el Acta Nº 174, Folio 89, de los libros de Registro Civil para Nacimientos, llevados por la Jefatura Civil de la Parroquia Macuto del Municipio Vargas del Estado Vargas, durante el Año 1965, y de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 774 del Código de Procedimiento Civil, SE ORDENA EN FORMA SUMARIA a los ciudadanos Jefe Civil de la Parroquia Macuto, del Municipio Vargas del Estado Vargas y al Registrador Principal del Distrito Capital, estampar la debida nota marginal a la partida de Nacimiento previamente determinada, en el sentido de que: en el lugar donde dice: “CARMEN ESTILITA de LOZADA”, deberá decir: “CARMEN ESTILITA COLMENARES de LOZADA”.
Una vez conste en autos los fotostatos respectivos, expídanse por Secretaría las copias certificadas que fueren menester para ser remitidas mediante oficios a los funcionarios respectivos, a los fines legales consiguientes. Líbrense oficios.
Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, en Maiquetía, a los veinte (20) de enero de dos mil diez (2010).
Años: 199º de la Independencia y 150º de la Federación.
LA JUEZ,

Dra. SCARLET RODRIGUEZ PÉREZ
EL SECRETARIO,

Dr. JONATHAN GUILLEN
En la misma fecha se publicó y registró la anterior decisión, siendo las 12:30 p.m.
EL SECRETARIO,


Dr. JONATHAN GUILLEN



SRP/JG/mary
Exp. Nº 1403/09