REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.

Maiquetía, 21 de Enero de 2010
199º y 150º

ACTA


Nº DE EXPEDIENTE: WP11-L-2009-000264
PARTE ACTORA: FRANCIS ELIANIS NEGRIN RAMOS, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V.- 11.058.404
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: NINOSKA SOLOZARNO RUIZ, abogada en ejercicio, de este domicilio e inscrita en el Inpreabogado bajo el número 49.510
PARTE DEMANDADA: “INVERSIONES SEDEUR, C.A.”
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: ANTONIO JOSE RAMOS GASPAR, Abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 41.964
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy, Jueves veintiuno (21) de Enero del año dos mil diez (2010), siendo las 11:30 a.m. de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación de la audiencia preliminar en el presente proceso, comparece a la misma el Profesional del derecho ANTONIO JOSE RAMOS GASPAR, Apoderado Judicial de la Empresa demandada. Asimismo se deja constancia de la incomparecencia de la Ciudadana FRANCIS ELIANIS NEGRÌN RAMOS, parte actora, ni por sí ni por medio de Apoderado Judicial alguno. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Asimismo se ordena el cierre y archivo del expediente. Se deja constancia que las pruebas aportadas por el Apoderado Judicial de la parte demandada, fueron devueltas en este acto. Es todo, término y conforme firman.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.
Años 199º y 150º.
EL JUEZ

DR. ARNALDO RODRÍGUEZ


APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA



EL SECRETARIO


ABG. WILLIAM SUAREZ

WP11-L-2009-000264